jueves, 12 de abril de 2012

REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA DE JUSTICIA PENAL EN TABASCO


El Poder Ejecutivo de Tabasco presentó al Congreso local una Iniciativa de reforma a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco, que tiene como finalidad la armonización de la Constitución local con los ordenamientos constitucionales para implementar el nuevo sistema de justicia penal acusatorio en la entidad.

Entre sus aspectos relevantes, plantea elevar a rango constitucional, elementos innovadores del nuevo sistema de justicia penal que tiene como principios fundamentales la oralidad, la presunción de inocencia, la continuidad, la concentración, la publicidad, la inmediación y la contradicción. Asimismo, el reconocimiento de los derechos de la víctima o del ofendido y de toda persona imputada en términos de lo dispuesto por el artículo 20 de la Constitución Federal.

De igual modo, se prevé establecer a nivel constitucional los mecanismos alternos de solución de controversias, con el propósito de lograr una justicia pronta y expedita para reducir la sobrecarga de trabajo de los órganos jurisdiccionales y los altos costos de los litigios.

En este sentido, en los artículos transitorios se establece que dentro de un plazo que no exceda los sesenta días a partir de la entrada en vigor del presente Decreto –en caso de ser aprobado el dictamen de esta reforma-, se deberá emitir un nuevo Código Procesal Penal Acusatorio para el Estado de Tabasco, así como la demás legislación necesaria para su implementación.

¿Qué significa esto? Que una vez emitidos dichos ordenamientos, deberá publicarse en Periódico Oficial del Estado la Declaratoria en la que se señale expresamente que el Sistema Procesal Penal Acusatorio y Oral ha sido incorporado en el Estado de Tabasco, ordenándose, en consecuencia, el inicio de su vigencia; allí radica la trascendencia de esta reforma.

En suma, esta propuesta de reforma constitucional representa un cambio estructural en la procuración de justicia penal en el que participan las instituciones encargadas de la persecución y sanción de delitos, cuyo objetivo principal es la implementación de un sistema acusatorio que se traduzca en transparencia, equidad entre las partes e inmediación.

Con esta reforma judicial en el estado, cambiará de fondo el sistema penal actual inquisitivo y escrito, para sustituirlo por un sistema acusatorio y oral, que en la experiencia comparada ha probado ser más efectivo para proteger los derechos fundamentales de víctimas y acusados.

Cabe destacar que si bien todo el Estado mexicano tendrá hasta el 2016 para cambiar la estructura de justicia, en Tabasco se ha dimensionado la necesidad urgente del cambio y el Poder Ejecutivo se ha comprometido a trabajar en la implementación de un sistema que consolide la credibilidad de la sociedad en sus instituciones de justicia y seguridad pública. Por ello, se está logrando generar una reforma armónica e integran en esta materia y en este sentido, en Tabasco ha existido voluntad política para emprender esta transformación de fondo, ya que se han coordinado los tres poderes para realizar las reformas en la materia y donde también han participado sectores de la sociedad civil.

Ahora queda en manos de los legisladores locales el análisis, dictaminación y en su caso, la aprobación de esta relevante reforma constitucional, la cual plantea ajustes tendientes a armonizar el marco legal local con los ordenamientos constitucionales para implementar el nuevo sistema de justicia penal acusatorio en Tabasco. Además, de elevar a rango constitucional el proceso penal acusatorio y oral, la reparación del daño y la protección de los derechos de las víctimas de los delitos.

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