jueves, 30 de enero de 2014

NORMAS DEL HONOR


La voluntad se dirige siempre a un bien, pero en ocasiones se trata de un bien aparente, algo que aquí y ahora no es ordenable racionalmente al bien de la persona en su conjunto, por ejemplo sentimientos mundanos como la fama, el poder o la riqueza. Esos sentimientos que son inventados por la sociedad y la cultura para poder controlar a los hombres. Dichos sentimientos no proporcionan sustento ni felicidad, porque que han sido ideados para producir ilusiones, emoción y vacío.





¿Cuáles son esas falsas creencias que te apartan de la felicidad? Echa un vistazo al mundo y observa la infelicidad que hay en torno a ti y dentro de ti mismo. ¿Acaso sabes cuál es la causa de tal infelicidad? Probablemente digas que la causa es la soledad, o la opresión, o la guerra, o el odio, o la injusticia. Y estarás equivocado. La infelicidad tiene una sola causa: las falsas creencias que albergas en tu mente; creencias tan difundidas, tan comúnmente profesadas. Estamos tan profundamente "programados" y padecemos tan intensamente la presión de la sociedad que nos vemos literalmente obligados a percibir el mundo de manera deformada y es cuando perdemos nuestras cualidades como ser humano.


Por ejemplo, en el plano profesional perdemos la probidad y el respeto a nuestras profesiones. Es común que nuestras actuaciones puedan ser reprochables, no sólo en el ejercicio de nuestra profesión, sino también en la vida privada. Aquí se encuentra la clave: nuestra conducta profesional o privada no debe jamás infringir las normas del honor y de la delicadeza que caracterizan la del hombre de bien.


Como abogados, contadores, médicos, etcétera, olvidamos en el ejercicio de nuestra profesión además de la lealtad personal, la veracidad y la buena fe, reformulamos nuestra profesión con base en actos fraudulentos y tendenciosos a quebrantar la ley. En el caso particular del mundo de las leyes, esto se agudiza cuando muchos juristas se conducen si rigor moral, creyendo falsamente que ello se ganarán la estimación pública.


Si olvidamos reglas tan básicas como la cortesía y el respeto a la dignidad del colega, ¿cómo pretenderemos contar con la confianza y lealtad de los demás? Un eje rector en los principios de quienes estudiamos Derecho es la igualdad y ello implica respetar en todo momento a las personas, tratar con dignidad al colega, proscribiendo a su respecto las expresiones hirientes y las insinuaciones malévolas.


Desafortunadamente somos víctimas del gozo pecaminoso, de la complacencia deliberada en una acción mala ya realizada por sí o por otros. Es así como perdemos el valor ético, de forma consciente y libre. Entonces de poco sirve la capacidad intelectual del hombre, la que constituye su esencia y nos distingue de los animales, porque entonces adquiere una doble dimensión que es teórico práctica, es la crisis de la dignidad humana.

 



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miércoles, 29 de enero de 2014

MÉXICO TENGO FE




El presidente de Estados Unidos Barack Obama, afirmó que firmará una orden ejecutiva para aumentar a 10.10 dólares la hora el salario mínimo en los nuevos contratos federales. El salario mínimo en Estados Unidos es 7.25 dólares la hora. En México el tipo de cambio es de 13.4408 pesos lo que equivale a 97.4458 pesos la hora, el equivalente que percibe como salario mínimo un trabajador estadounidense.



Mientras tanto, en México para el área geográfica A, el salario mínimo es de 67.29 pesos diarios. Esta zona comprende a los estados de Baja California y Baja California Sur, al Distrito Federal y su área metropolitana, así como Acapulco, Ciudad Juárez, Guadalajara y su área conurbada; Monterrey y su área metropolitana, Hermosillo, Matamoros, Reynosa y Coatzacoalcos.



Para la zona B, el salario es de 63.77 pesos diarios, y abarca a estados y regiones como Aguascalientes, Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Durango, Guanajuato, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí. También a Sinaloa, Tabasco, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas; y para los municipios específicos de los estados de Chihuahua, Guerrero, Jalisco, Estado de México, Nuevo León, Sonora, Tamaulipas y Veracruz que no estén en la zona "A".



El salario mínimo en México tuvo un aumento de 3.9% a partir de 2014, de acuerdo con lo aprobado por el Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami).
Resulta evidente que el incremento al salario mínimo es muy inferior al alza de los precios de los productos básicos o el transporte, con un promedio de inflación según cifras oficiales de 3.62 por ciento. Y si a eso le sumamos otra lindura, que los mexicanos también enfrentamos nuevos impuestos este año producto de la reforma fiscal.



Esto crea un círculo vicioso, puesto que es común en México que el empleador hace como que paga y el empleado hace como que trabaja, al no existir correspondencia entre el trabajo realizado, el salario percibido y el costo al alza de los requerimientos mínimos de supervivencia de la fuerza laboral. Ahí tenemos la prueba más evidente en los gobiernos y paradójicamente pese al incremento anual en el salario mínimo, hay registros que dan prueba que algunas dependencias gubernamentales, no registran para sus trabajadores esos incrementos salariales.



Seguimos insertos en la miopía que con la pérdida de poder adquisitivo hay efectos negativos en la economía, pues el consumo interno se debilita y la demanda interna se ve limitada para fungir como motor de crecimiento.



El salario real se ha deteriorado más de 1,500 por ciento desde mediados de la década de los ochenta y es difícil recuperar el poder adquisitivo a través de incrementos en salarios pírricos. Por ejemplo, en México, el 58 por ciento de la población ocupada gana entre uno y tres salarios mínimos, es decir 28.7 millones de personas tienen ingresos entre 1,894 y 5,681 pesos al mes.



Se nos dijo que con el Tratado de Libre Comercio (TLC) se generarían más y mejores empleos y han pasado más de veinte años y nada. Ahora, con la reforma laboral se dijo que se generaría más empleos y mejores ingresos, cuando la realidad es que sube el desempleo y cada vez hay más trabajadores con ingresos salariales bajos. Entonces, ¿por qué creer que ahora con las reformas estructurales se generarán empleos de calidad, crecimiento económico y mayor inversión productiva? O mejor, digámoselo a una familia que apenas sobrevive con 1,800 pesos.



REFLEXIÓN



Mi opinión personal sobre la política salarial en México, es que tanto en el gobierno federal como en las cúpulas empresariales, ven más conveniente el deterioro de los salarios para que nuestro país registre costos de mano de obra más barata que en otras naciones. Por ejemplo, México registra costos de mano de obra más barata en un 19.6 por ciento menor que en China, por lo que se convierte esto en un “incentivo para la inversión e incremento de competitividad”. Paradójicamente esto favorece la competitividad y posición comercial de nuestro país en el mercado mundial de capitales y bienes y servicios. O también, con salarios es más fácil comprar votos y conciencias. Pero no me haga caso, usted apreciable lector saque sus propias conclusiones si a su mente traigo a colación tintes demagógico-electorales.
 
 
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martes, 28 de enero de 2014

EL PACTO FISCAL


Analizando el pano­rama de la hacienda pública mexicana y los cambios recientes a la legislación fiscal, hay que considerar el hecho ineludible que en toda política fiscal debe considerarse la realidad de los contribuyentes y de ahí parte el recién anunciado pacto fiscal, que se encuentra ligado quiéranlo o no, a una recomposición de la Reforma Hacendaria en temas como la deducibilidad de las prestaciones sociales de los trabajadores, el cobro del impuesto especial a bebidas azucaradas y alimentos con alto contenido calórico y la tasa del Impuesto Sobre la Renta (ISR), entre otros.

¿Cómo puede una reforma fiscal ser eficaz en sus objetivos de recaudar más para cubrir los gastos? Una respuesta ineludible se basa en la premisa de que no se puede ser eficaz en la recaudación de ingreso tributario cuando sus fuentes de ingreso se encuentran deprimidas. Es decir, cuando los malos datos económicos son una constante en México debido a su desaceleración económica y por ello, la elaboración del pacto fiscal se constituye en una oportunidad para hacer un análisis profundo de la Reforma Hacendaria, a fin de realizar las modificaciones necesarias para aumentar la competitividad y la productividad del país.

Pero entonces, ¿quiénes serán los primeros aparentes beneficiarios de las negociaciones de este pacto fiscal? A la discusión sobre las medidas fiscales impuestas por el Ejecutivo se sumarán casi todas las cúpulas empresariales del país en busca de incentivos.

La recuperación de la deducibilidad inmediata de las inversiones, cancelar el pago de gravámenes por distribución de dividendos, además de obtener apoyos para reducir el impacto de la homologación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en las fronteras son otras de las demandas que el sector empresarial debatirá. No obstante, ¿a los ciudadanos de a pie quién los escuchará? Y ni cómo ayudarlos.

No podemos seguir construyendo un México basado en la miopía conceptual sobre el verdadero estado de los ciudadanos, lo que viven y padecen diariamente, porque aunque queramos o no, el gasto generado por el sector público ya es insostenible y es un gasto improductivo, por lo que el marco teórico de nuestra política fiscal es recaudar más para estar en posibilidades de cubrir los balances públicos.

Más gente desempleada y empleos mal remunerados, con menos ánimo porque no confían ni en la situación actual ni futura de su economía y la del país. Eso cierra un círculo vicioso cuyo resultado es una falta de crecimiento.

No hay, en el panorama económico, algo que nos permita anticipar mejores condiciones y desempeño de la economía nacional; al contrario: se antoja más obtuso el camino.

El camino que México debe seguir debe ba­sarse en su sustentabilidad, la cual se encuentra ligada a una recomposición del gasto público ne­cesario para impulsar y promover las capacidades productivas de las empresas y las familias, de tal manera que permitan generar ingresos y en con­secuencia tener efectos directos sobre el creci­miento económico del país.

 


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lunes, 27 de enero de 2014

IMPUESTO ESTATAL VEHICULAR


El Derecho Fiscal tiene gran importancia derivado que la actividad financiera del Estado es la función que éste desarrolla para procurarse los recursos necesarios y estar en condiciones de sufragar los gastos públicos, destinados a satisfacer las necesidades colectivas a su cargo, mediante la prestación de los servicios públicos.

Precisamente, una de las cuestiones que más debate ha suscitado últimamente, ha sido el que los ciudadanos, han mostrado su desacuerdo con el cobro de mayores impuestos. Así, se ha puesto de manifiesto cómo no sólo se ha venido limitando de forma sustantiva el poder tributario de los Estados para exigir sus principales impuestos, sino también que en un futuro próximo este fenómeno podría desencadenar transformaciones sustantivas en los sistemas tributarios que alteren desde el modelo de gestión tributaria hasta los principios sobre los que se erigen tales sistemas.

En este orden de ideas, las recientes reformas en materia energética en México evidenciará la presión que la globalización económica imprimirá al desarrollo y configuración de la política fiscal del Estado mexicano, dificultando también, como hemos visto, la gestión, control y recaudación de los impuestos. Por ello y ante este cúmulo de problemas se tendrá forzosamente y ante la reducción de la capacidad de la rectoría económica del Estado, modificar el reparto tradicional de las cargas fiscales y orientarlo hacia el esquema de coordinación fiscal.

Este es un fenómeno que ya es recurrente en nuestro país y que ha implicado un cambio en la estructura del sistema fiscal que obligatoriamente derivará la profundización de un modelo fiscal cuya tendencia comienza a vislumbrarse en la legislación tributaria y que no goza del apoyo de un sector importante de la población. Hay una ley universal -por lógica elemental-, a nadie le gusta pagar impuestos y pues tratándose de impuestos siempre el tema es polarizante, porque a nadie le gusta que le duela el bolsillo.

En cuanto a la recaudación de impuestos, los tres principales rubros de recaudación estatales son: Impuesto sobre Nómina, Impuesto Estatal sobre Producción y Servicios e Impuesto Estatal Vehicular (IEV). A pesar de las estrategias para incrementar la recaudación y procurar que sea más eficiente y equitativa.

 
Justamente, el Derecho Fiscal es una materia que genera una cantidad muy importante de controversias que finalmente son sometidas a los órganos jurisdiccionales federales. Ahí tenemos el caso a nivel estatal del Impuesto Estatal Vehicular (IEV), tema que da pauta a que se activen, en forma recurrente, los mecanismos de protección que la ley otorga a los ciudadanos que se consideran afectados por la aplicación de este impuesto, al estimar violaciones en su perjuicio de alguna garantía constitucional. Precisamente, todo impuesto debe cumplir con los principios constitucionales de proporcionalidad, equidad, legalidad y destino al gasto público.

Si bien, la fracción IV del artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dicta: "Es obligación del ciudadano contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes", por lo que no se debe pasar por alto que garantizar la igualdad de los contribuyentes ante la ley es tan importante para cualquier democracia consolidada como hacerse de los recursos mismos.

REFLEXIÓN

La debacle fiscal de las entidades federativas no se solucionará simplemente aumentando impuestos. Los bajos niveles de recaudación son en buena medida producto de un sistema legal que ha sido incapaz de crear reglas justas para sus gobernados y que con sobrada razón ha merecido la desconfianza ciudadana.

Esto obliga al equipo legal y económico del gobernador de Tabasco, a no atentar contra la salud patrimonial de los tabasqueños, de por sí ya mermada. Porque los encargados del “cambio” tuvieron temor del “impacto negativo en las finanzas públicas” y actuaron bajo el mismo razonamiento mezquino de siempre en el que pocas quejas legitiman una medida inconstitucional y dieron la oportunidad al Estado de seguir obteniendo recursos vulnerando derechos fundamentales.

 

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lunes, 13 de enero de 2014

TABASCO: PRETEXTOS PARA JUSTIFICAR LOS DESACIERTOS


“La luminosidad natural de la conciencia es el antídoto de los venenos del alma”, SS. Dalai Lama

 

La tan esperada alternancia no ha cubierto las expectativas de cambio en la conducción y el manejo del quehacer gubernamental y administrativo, ni ha generado condiciones de abrir caminos a la brecha de progreso en Tabasco.
 

Las inundaciones recurrentes en Tabasco, han deteriorado el desempeño de la economía tabasqueña y no hace falta que Arturo Núñez Jiménez nos diga que la recuperación económica ha sido retrasada al recibir un estado prácticamente quebrado y en un “desastre” financiero.


Habrá pretextos para justificar el desplome en la economía tabasqueña y el incremento del desempleo; ahí está el “desastre” financiero, los intereses creados, las contingencias meteorológicas, además de los que reacumulen a lo largo del año.

Lo cierto es que el 57.2 por ciento de los habitantes del estado están en condiciones de pobreza, 566, 720 personas en pobreza alimentaria y un millón 182 mil 93 en pobreza patrimonial. Por si fuese poco, la tasa de desempleo acaba de llegar a 6.4%, lo que indica que al menos oficialmente hay 700,391 personas sin trabajo, sin contar los más de 63,722 subocupados, que podrían integrarse a la delincuencia organizada al no tener alternativas de empleo formal.

Ha transcurrido un año de gobierno y no hay obra pública o de impacto social, además que el gobierno del cambio verdadero sigue colgado en el discurso del saqueo. Por esta razón, vale la pena comenzar a discutir la conveniencia de rediseñar la estrategia de desarrollo para Tabasco; sólo resta saber si ¿el gobierno estatal ya está preparado para emprender este reto?
 
En Tabasco todos estamos de acuerdo en que debemos avanzar en la democracia, pero hay disensos en torno a los resultados del proceso del cambio. Por ello, mejor sería para el gobierno estatal no olvidar lo que significa ser un gobierno de izquierda.

 

LOS INCUMPLIDOS DEL SAT

En tanto eso ocurre y los días pasan alejándonos del frenesí de las fiestas decembrinas que terminaron oficialmente con el último bocado de rosca de Reyes, los ciudadanos también han reanudado el cotidiano trabajo, los que tienen empleo para hacer frente a las alzas que escalonadas o de jalón se han venido encima y las que falta por encimarse, amén de lo problemático que resultará pagarle al Servicio de Administración Tributaria (SAT), antes de que se nos balconee rigurosamente como ya ha ocurrido a muchos contribuyentes en días pasados, al publicar en su portal de Internet un listado al que denomina: “Relación de los contribuyentes que incumplen con sus obligaciones fiscales”.

Nadie en su sano juicio podrá negar que México necesite modernizar su sistema fiscal. Sin embargo, llama la atención que políticos y funcionarios se encuentran en la lista de deudores y de contribuyentes no localizables, implica una doble moral. Y es que la mayoría de la gente, a estas alturas se sigue preguntando cuál es el fin de pagarle más al Estado, cuando gasta tan desordenadamente, cuando los políticos parecen no tener llenadera y después de entrarle a la corrupción, se quedan en la mayor impunidad y pasa el tiempo en que legalmente deberían de estar ante la justicia y nada; no pasa nada.

 

REFLEXIÓN

Pero bueno, así son las cosas y mientras tanto, a pesar del robo descarado de los dineros públicos, debemos ser propositivos y seguir trabajando, porque los tabasqueños que realmente queremos a esta tierra estamos hartos de la indiferencia de esa clase política que se ha olvidado de quienes menos tienen. Igualmente, estamos cansados de escuchar todos los días pretextos y excusas de gobiernos y líderes, para justificar sus fallas y omisiones, cuando la inmensa mayoría de los ciudadanos se percatan de los desaciertos.

Me despido como escribía Honoré de Balzac: “aunque nada cambie si yo cambio, todo cambia”.

 

 

 

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lunes, 6 de enero de 2014

EL BUZÓN TRIBUTARIO


Desde el primero de enero van a operar nuevas disposiciones en el Código Fiscal de la Federación (CFF). Por ejemplo, se implementan sanciones de tres meses a seis años de prisión contra contribuyentes defraudadores, ya que se reconoce como delito la expedición de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes o falsas. De igual modo, la autoridad fiscal podrá dejar sin efectos los certificados de sellos o firmas digitales cuando detecten que los comprobantes fiscales emitidos se utilizaron para amparar operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas, o el contribuyente no puede ser localizado o desaparezca.

Precisamente, como parte de las reformas al CFF, publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) –el 9 de diciembre de 2013-, se establecen nuevas infracciones y tipos de delitos para quienes no cumplan con la norma y en ese tenor, se adicionaron dos fracciones al artículo 95 del Código para señalar quienes serán responsables de delitos fiscales.

Un cambio no menos importante y que impacta el ámbito jurídico es que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) implementará las notificaciones electrónicas, lo que implica podrá notificar a través del buzón fiscal requerimientos y solicitudes de información. Justamente, a fin de “evitar los problemas de legalidad” que se venían presentando con la comunicación entablada entre las autoridades fiscales y los contribuyentes, la reforma fiscal creó el buzón tributario a través del cual el SAT podrá notificar a los contribuyentes -de manera electrónica- diversos actos administrativos.

Esta disposición obliga a personas físicas y morales que estén dados de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).  Lo dispuesto en el artículo 17-K fracción I de este Código, entrará en vigor únicamente para las personas morales a partir del 30 de junio de 2014; para las personas físicas, a partir del primero de enero de 2015, de conformidad al artículo segundo transitorio, fracción VII, primer párrafo del CFF.

Cabe precisar que en tanto entre en vigor lo dispuesto en el artículo 17-K, fracción I, las notificaciones que deban hacerse vía buzón tributario deberán realizarse en términos del artículo 134 del código tributario: personalmente o por correo certificado o mensaje de datos, cuando se trate de citatorios, requerimientos, solicitudes de informes o documentos y de actos administrativos que puedan ser recurridos.

Entonces, ¿cuáles son las implicaciones de la figura del buzón tributario? Ahora la autoridad tendrá la pauta entre escoger en notificar personalmente en el domicilio fiscal del contribuyente, o bien enviar un simple correo electrónico donde dé a conocer el acto de autoridad, para lo cual hace evidente que el SAT con mayor facilidad notificará mediante el simple click de una computadora. Lo peligroso de dicha situación, se traduce en que no se tendrán elementos fehacientes y seguridad jurídica de si se notificó o no alguna actuación de la autoridad, por ende, se debe estar preparado ante dichas actuaciones de la autoridad fiscal, mismas que es muy posible que den pauta a diversas irregularidades.

Además, el contribuyente estará obligado a presentar cualquier solicitud de devolución, aviso de compensación, recurso de revocación y toda situación al fisco por medio de dicho sistema de buzón tributario.

Preocupa que se obliga al contribuyente a revisarlo diario o máximo en tres días, si no lo hace, las notificaciones surtirán efectos al cuarto día. También, esta medida pone en riesgo devoluciones, compensaciones, medios de defensa, cumplimiento a requerimientos, etcétera, porque jamás será notificado personalmente el acto y ya generará consecuencias al particular. Por ende, estaremos a expensas de que por medio de un correo electrónico nos puedan notificar desde un requerimiento, un crédito fiscal o una auditoría, por lo que veremos en la práctica y en pocos meses los diversos dolores de cabeza que esto puede generar a los contribuyentes, sin dejar mencionar que algunas de estas modificaciones cuentan con tintes de inconstitucionalidad, que en breve serán recurridas por los contribuyentes cuando se empiecen a generar molestias en la esfera jurídica del gobernado.

Cada contribuyente inscrito en el padrón fiscal, tendrá su cuenta y el SAT le enviará la información como la fecha en que debe realizar sus declaraciones, requerimientos, el monto que le corresponde pagar de impuestos por cada periodo. De igual modo y donde se encuentra la clave, el cálculo del impuesto a pagar, se realizará de manera automática esto es, cada vez que un contribuyente pida una factura caerá directamente al buzón tributario, de este modo el fisco tendrá conocimiento exacto de sus actividades realizadas.

En función de lo anterior, sugiero a los contribuyentes tener una dirección de correo electrónico a prueba de fallas -una tipo Gmail, Yahoo!, Hotmail-Outlook-, y no una de la propia empresa que pueda ser propensa a fallar por periodos prolongados. También es importante revisar la bandeja de correo no deseado o spam antes de vaciarla, ya que la autoridad fiscal dará por entregada cualquier notificación enviada al correo electrónico dado de alta en el buzón tributario, por lo que será necesario revisarlo de manera cotidiana.

REFLEXIÓN

La recomendación que hago es de buscar asesoría profesional y sistemas contables paralelos que permitan revisar la contabilidad antes de que ésta sea subida al sistema del SAT, ya que de lo contrario los contribuyentes podrían vivir un vía crucis a la hora de querer realizar modificaciones a lo ya subido al sistema de la autoridad fiscal. Por ello, más vale no equivocarse o se podrá tener problemas con la autoridad fiscal a raíz de estas medidas.

 

 

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viernes, 3 de enero de 2014

“RELACIÓN DE LOS CONTRIBUYENTES QUE INCUMPLEN CON SUS OBLIGACIONES FISCALES”


El Derecho, como vehículo para la realización de la justicia, precisa actuar, necesariamente, dentro de un marco de certeza y seguridad jurídica. De no ser así, el fin último enunciado, se vería frustrado, en su dimensión práctica o funcional, ya que la justicia no puede operar en medio de situaciones de incertidumbre e inestabilidad. Es por ello que la seguridad jurídica se yergue, inevitablemente junto con la justicia, como valor esencial del Derecho.

Lo anterior, es porque precisamente el día primero de este año, en que entró en vigor la reforma referente a la liberación del secreto fiscal para el caso de contribuyentes incumplidos, artículo 69 del Código Fiscal de la Federación, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en su portal un listado al que denomina: “Relación de los contribuyentes que incumplen con sus obligaciones fiscales”.


Si bien es cierto, el nuevo texto del artículo 69 del Código Fiscal de la Federación  (CFF), autoriza al SAT la publicación del listado de los contribuyentes que incumplen con sus obligaciones fiscales, no contempla que el derecho de audiencia de los contribuyentes afectados deba concederse de manera previa y éste es un requisito indispensable, en que cualquier acto de molestia que lleven a cabo las autoridades, sea precedido de una resolución o mandamiento, fundado y motivado; como en innumerables ocasiones lo ha sostenido la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

 
Tal situación sin lugar a dudas genera de facto incertidumbre a los contribuyentes cuyos nombres y RFC han sido publicados en el portal de Internet del SAT.  Por tanto, el SAT no puede dar a conocer los datos de los deudores, si no lo hace con estricto apego y respeto a los derechos humanos y fundamentales de los gobernados, establecidos en la Constitución y respecto de los cuales, el artículo primero de la misma, mandata que todas las autoridades tienen la obligación de promover y respetar estos derechos.

En contrario sensu, esta situación expuesta deriva en inseguridad jurídica en los gobernados, que se revela en un no saber a qué atenerse, frente a los actos de la autoridad fiscal; lo que deriva esencialmente del hecho de que el principio de legalidad consagrado en el artículo 16 constitucional, establece que las autoridades están obligadas a fundar y motivar en mandamiento escrito todo acto de molestia, o sea que deberán expresar con precisión el precepto legal aplicable al caso, así como las circunstancias especiales, razones particulares o causas inmediatas que se hayan tenido en consideración para la emisión del mismo.

Por tanto, todas las autoridades, incluyendo las administrativas, deben cumplir cabalmente con el principio de legalidad emanado del artículo 16 de la Constitución Federal, por lo que han de regir sus actos con base en esta norma constitucional, como se establece en todo Estado Democrático de Derecho.

En otras palabras, determinar si una persona física o moral debe aparecer en el listado, es un acto de molestia que debe constar en una resolución escrita donde aparezca el fundamento legal y los motivos por los que la autoridad competente determinó que ese contribuyente en específico debía aparecer en la lista.  De tal forma, no basta con que el SAT manifieste que los contribuyentes pueden acudir, como lo prevé el nuevo artículo 69 del Código Fiscal, a aclarar su situación ante el propio SAT o bien a través de su portal electrónico, pues esa aclaración será muy difícil de llevarse a cabo si, a quien figura en la lista, no se le han dado a conocer los fundamentos y motivos del por qué aparece ahí.
 
El artículo 69 del CFF establece seis hipótesis o casos que la ley prevé para levantar la reserva de datos de los contribuyentes, y que son, por un lado: créditos o adeudos firmes; adeudos exigibles no garantizados o pagados; contribuyentes no localizados; sentencias ejecutorias sobre comisión de delitos fiscales y; contribuyentes que tengan créditos cancelados o condonados.


No obstante, que el SAT utilice un criterio diferenciado  para la publicación del listado, pues respecto de los primeros cuatros casos, está publicando nombres de contribuyentes que tenían adeudos o sentencias antes del 1 de enero de este año, mientras que no está publicando ningún nombre de contribuyentes a los que se les canceló o condonó adeudos antes de esta fecha, es preocupante y afecta la esfera jurídica de los contribuyentes, al producir lesión a sus derechos fundamentales.

 
Resulta necesario no sólo recordar el contenido de los artículos 16, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, también el 38, fracción IV, del CFF, así como la interpretación que el Máximo Tribunal dio respecto al cumplimiento de la garantía de fundamentación y motivación que deben cumplir las autoridades en la emisión de los actos de molestia. Así, respecto al artículo 16, primer párrafo, de la Ley Suprema, prevé que todo acto de molestia debe estar contenido en un mandamiento escrito expedido por autoridad competente, en el que se funde y motive la causa legal del procedimiento.

De igual modo, la resolución impugnada contraviene lo dispuesto en el artículo 38, fracción IV del Código Fiscal de la Federación, donde se establecen los requisitos que todo acto administrativo debe satisfacer para considerarse legalmente valido, como estar fundado, motivado y expresar la resolución, objeto o proposito de que se trate. 

Por lo que las autoridades fiscales federales, deben satisfacer al emitir actos que pretendieran tener efecto jurídico alguno sobre la esfera de derechos de los gobernados, satisfacer una serie de requisitos entre los que destacan el de la debida fundamentación y motivación, sin los cuales dichos actos no podrían tener efecto legal alguno, al tratarse de un vicio fundamental su inobservancia, teniendo que en el caso en concreto la debida motivación no se encuentra satisfecha.
 
Precisamente, la motivación legal de un acto de autoridad, está condicionada a la satisfacción de tres elementos: uno de carácter formal, que consiste en que el texto del mandamiento, orden o resolución, se expresen los antecedentes que provocan la acción de la autoridad, y dos elementos de fondo o sean que los antecedentes o motivos tengan una existencia real, es decir, que estén comprobados y que, conforme a las leyes, sean bastantes para provocar el propio acto.
 
De lo anterior, podemos determinar en primer lugar que el mandamiento de motivar debidamente un acto emitido por la autoridad, se encuentra consagrado en el artículo 16 constitucional, y que el acto que no cumpla con dicho requisito es inconstitucional, asimismo del criterio en comento tenemos que en él se establece que la motivación legal de una resolución se encuentra condicional a la satisfacción de tres elementos:


1.-Un elemento de carácter formal, consistente en que en el texto del acto de que se trate la autoridad exprese los antecedentes o motivos que provocan su actuar; y

2.-Dos elementos de fondo, es decir de naturaleza fundamental, consistentes en lo siguiente:


a).-Que los antecedentes y motivos expresados por la autoridad en el texto de su acto tengan una existencia real, y por lo tanto se encuentren comprobados.

b).- Que los antecedentes y motivos sean suficientes para provocar el propio acto, es decir que actualicen el supuesto jurídico contenido en la norma que se haya utilizado como fundamente para la emisión del acto.


Por lo expuesto y para variar, los contribuyentes para aclarar su situación respecto a que fue incorrecta su inclusión en el listado, tendrán que esperar hasta que el SAT actualice ese listado para ser eliminados del mismo, lo que ocurrirá cada 15 días, según se previó en una regla de miscelánea fiscal dada por la propia autoridad fiscal. Así que saque usted sus propias conclusiones.

 
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jueves, 2 de enero de 2014

"IMAGINA QUE EL CIELO NO EXISTE"

Imagina que el cielo no existe

(Estas líneas forman parte de un texto escrito hace unos años por Salman Rushdie para un libro que reúne a su vez, textos de varios autores dirigidos al "ciudadano seis mil millones", a la persona que hacía que la población en el planeta alcanzase esa desorbitante cifra.

Querida personita seis mil millones:

Como miembro más reciente de una especie que destaca por su curiosidad, es probable que no pase mucho tiempo antes de que empieces a formular las dos preguntas de los sesenta y cuatro mil dólares con las que los demás 5,999,999,999 de nosotros llevamos algún tiempo peleándonos:

¿Cómo llegamos aquí?

Y, ahora que estamos aquí, ¿cómo viviremos?

Por extraño que parezca, por si seis mil millones no fuéramos bastantes, con casi toda seguridad te sugerirán que la respuesta a la pregunta de nuestro origen exige que creas en la existencia de un Ser distinto, invisible, inefable, que se encuentra «en algún lugar allá arriba»; un creador omnipotente a quien nosotros, pobres seres limitados, somos incapaces de percibir, y mucho menos comprender. Es decir, te animarán encarecidamente a imaginar un cielo, habitado por un dios, como mínimo.

Este dios del cielo, según se dice, creó el universo revolviendo su materia en una olla gigante. O bien bailó. O bien vomitó la Creación de su propio interior. O bien se limitó a decir que se hiciera y hete aquí que se hizo. En algunas de las historias más interesantes de la creación, ese único poderoso Dios del cielo se subdivide en muchas fuerzas menos importantes, divinidades menores, avatares, antepasados metamórficos gigantescos cuyas aventuras crean el paisaje, o los panteones crueles, entrometidos, licenciosos y caprichosos de los grandes politeísmos, cuyos actos alocados te convencerán de ,que el motor real de la creación fue el deseo: de poder infinito, de cuerpos humanos demasiado quebradizos, de aureolas de gloria. Pero es de justicia añadir que también hay historias que transmiten el mensaje de que el principal impulso creador fue, y es, el amor.

Muchas de estas historias te parecerán muy bellas y, por lo tanto, seductoras. Por desgracia, sin embargo, no tendrás que reaccionar de modo puramente literario a ellas. Sólo las historias de las religiones muertas pueden valorarse por su belleza. Las religiones vivas son mucho más exigentes. Así que te dirán que la creencia en tus historias, y la observancia de los rituales de culto que han surgido a su alrededor, deben convertirse en una parte fundamental de tu vida en este concurrido mundo. Las llamarán el corazón de tu cultura, incluso de tu identidad individual.

Es posible que en algún momento te parezcan ineludibles, no en la forma en que la verdad lo es, sino más bien como una cárcel de la que uno no puede evadirse. Puede que en algún momento dejen de parecerte textos que los seres humanos han empleado para resolver un gran misterio, y en cambio te parezcan pretextos para que otros seres humanos, ungidos como es debido, te den órdenes. Y es cierto que la historia humana abunda en la opresión pública que ejercen los aurigas de los dioses. Según la gente religiosa, sin embargo, el consuelo particular que la religión proporciona compensa con creces el mal que se inflige en su nombre.

A medida que los conocimientos humanos han ido aumentando, también se ha vuelto evidente que todas las historias religiosas sobre cómo hemos llegado aquí son, sencillamente, falsas. Eso es, finalmente, lo que todas las religiones tienen en común. No lo entendieron bien. No hubo ni revolvimiento celestial, ni danza del Creador, ni vómito de galaxias, ni antepasados serpientes o canguros, ni Valhalla, ni Olimpo, ni seis días de creación seguidos de uno de descanso. Falso, falso, falso.

Sin embargo, hay un punto que resulta de lo más extraño. La falsedad de los relatos sagrados no ha disminuido en lo más mínimo el fervor de los devotos. Más bien, la sandez total y desfasada de la religión lleva a sus adeptos a insistir con mayor estridencia aún en la importancia de la fe ciega.

Por cierto, como consecuencia de esta fe, en muchas partes del mundo ha resultado imposible impedir que la cantidad de miembros de la raza humana aumente de modo alarmante. La culpa de esta superpoblación, por lo menos en algunas zonas del planeta, la tienen los malos consejos de los guías espirituales. En tu propia vida, es muy posible que asistas a la llegada del ciudadano nueve mil millones del mundo. Si eres indio (y tienes una entre seis probabilidades de serlo) estarás vivo cuando, gracias al fracaso de los planes de planificación familiar, en esa tierra pobre y temerosa de Dios, la población supere la de China. (Si bien muchas personas nacen como consecuencia, en parte, de las restricciones religiosas al control de la natalidad, también muchos seres humanos mueren a causa de la cultura religiosa que, al negarse a enfrentarse a los hechos de la sexualidad humana, también impide que se combata la propagación de las enfermedades de transmisión sexual.)

Hay quienes te dirán que los grandes conflictos serán otra vez enfrentamientos religiosos, yihads y cruzadas, como lo fueron en la Edad Media. Yo no lo creo, al menos en la forma a que ellos se refieren. Mira el mundo musulmán, o mejor dicho, el mundo islamista, por usar la palabra acuñada para describir el actual «brazo político» del Islam. Las divisiones entre sus grandes poderes (Afganistán contra Irán contra Irak contra Arabia Saudí contra Siria contra Egipto) es lo que impacta con más fuerza. Apenas hay nada que se parezca a un objetivo común. Incluso después de que la no islámica OTAN combatiera una guerra a favor de los albanokosovares musulmanes, el mundo musulmán se demoró en aportar la tan necesitada ayuda humanitaria.

Las verdaderas guerras religiosas son las luchas que las religiones libran contra los ciudadanos corrientes de su «ámbito de influencia». Son guerras de los piadosos contra los muy indefensos; fundamentalistas americanos contra médicos a favor de la legalización del aborto, ulemas iraníes contra la minoría judía de su país, fundamentalistas hindúes de Bombay contra los cada vez más atemorizados musulmanes de esa ciudad.

Los vencedores de este enfrentamiento no deben ser los de miras estrechas que van al combate, como siempre, con Dios de su parte. Elegir la falta de fe es optar por el pensamiento por encima del dogma, confiar en nuestra humanidad en lugar de en todas esas divinidades peligrosas. Así pues, ¿cómo llegamos del nuevo siglo hasta este punto? No busques la respuesta en los libros de cuentos. Los imperfectos conocimientos humanos pueden ser como una carretera llena de baches, pero son la única vía hacia la sabiduría que merece la pena conocer. Virgilio, que creía que el apicultor Aristeo podía generar espontáneamente nuevas abejas a partir del cadáver putrefacto de una vaca, estaba más cerca de la verdad sobre el origen que todos los libros antiguos venerados. Las sabidurías antiguas son las tonterías modernas. Vive en tu propio tiempo, usa lo que sabemos y, cuando crezcas, puede que por fin la especie humana crezca contigo y deje de lado las cosas infantiles. Como dice la canción, it's easy if you try («es fácil si lo intentas»). En cuanto a moralidad, la segunda gran pregunta (¿cómo vivir?, ¿qué está bien y qué está mal?) se reduce a tu disposición a pensar por ti mismo. Sólo tú puedes decidir si quieres que los sacerdotes te dicten las leyes, y aceptar que el bien y el mal son algo externo a nosotros mismos. A mi entender, la religión, incluso en su forma más sofisticada, infantiliza esencialmente nuestro yo ético al establecer unos árbitros morales infalibles y unos tentadores inmorales irredimibles por encima de nosotros; los padres eternos, buenos y malos, brillantes y oscuros, del reino sobrenatural.

¿Cómo va a haber entonces elecciones éticas sin un reglamento o juez divino? ¿Es la falta de fe el primer paso en el largo declive hacia la muerte cerebral del relativismo cultural, de modo que muchas cuestiones insoportables (la ablación de clítoris, por mencionar sólo una) pueden excusarse por motivos culturales, y la universalidad de los derechos humanos puede asimismo ignorarse? (Esta última muestra de desmoronamiento moral encuentra seguidores en algunos de los regímenes más autoritarios del mundo y también, de modo desalentador, en los artículos de opinión del Daily Telegraph.)

Pues no, no lo es, pero las razones que llevan a tal conclusión no son claras. Sólo la ideología de línea dura es clara. La libertad, que es la palabra que yo uso para la posición ética-secular, es inevitablemente más confusa. Sí, la libertad es ese espacio donde puede reinar la contradicción, es un debate infinito. No es en sí la respuesta a la pregunta sobre la moral, sino la conversación sobre esa pregunta.

Y es mucho más que el mero relativismo, porque no es meramente una tertulia infinita, sino un lugar donde se elige, donde se definen y se defienden valores. La libertad intelectual, en la historia europea, ha significado sobre todo la libertad respecto a las limitaciones de la Iglesia, no del Estado. Ésa es la batalla que libraba Voltaire, y es también lo que los seis mil millones podríamos hacer por nosotros mismos, la revolución en que cada uno de nosotros tendría su pequeña seis mil millonésima parte; de una vez por todas podríamos negarnos a dejar que los sacerdotes y las ficciones, en cuyo nombre afirman hablar, sean los policías de nuestras libertades y nuestra conducta. De una vez por todas podríamos devolver las historias a los libros, devolver los libros a los estantes e interpretar el mundo sin dogmas ni complicaciones.

Imagina que el cielo no existe, mi querido seis mil millones, y de inmediato verás el cielo abierto.

Salman Rushdie