domingo, 23 de febrero de 2014

¿PARA QUÉ PAGAR IMPUESTOS?


Cada año discute la Cámara de Diputados en materia impositiva lo que se conoce como "miscelánea fiscal", precisamente porque incluye todo tipo de reformas fiscales, que forma parte del paquete económico que anualmente, por ley, el Ejecutivo envía al Congreso.


En ese paquete -formado por la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos-, el gobierno federal plantea cuáles son sus expectativas de crecimiento económico y pide al Congreso que apruebe una serie de nuevos impuestos, con los que va a financiar la operación del gobierno el año siguiente. Todos desean obtener más recursos, pero no es muy popular andar de lolitas”.


Las prioridades a partir de 2014 tienen un rasgo en común: la necesidad del gobierno de deslindarse de tareas que realizará el sector privado derivado de la reforma energética. Lo que implica, que la población tendrá que hacer el esfuerzo de pagar más impuestos que el Estado le deberá devolver en teoría con más y mejores servicios, además de inversiones en educación, infraestructura y abatimiento de la pobreza.


Definitivamente, las finanzas públicas son siempre un tema intrincado y complejo. Por ejemplo, dentro de los ingresos del gobierno están los tributarios que representan aproximadamente el 11 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB) y los no tributarios que oscila alrededor de 4.3 por ciento del PIB. En tanto, dentro de los ingresos de las paraestatales, que representan 5.71 por ciento del PIB en promedio, la mayor parte proviene de Petróleos Mexicanos (Pemex). Sin embargo, en los ingresos tributarios, que son los que nos ocupan, los datos oficiales dejan claro que sólo uno de cada siete mexicanos cumple con el fisco.


Los niveles de evasión en México son alarmantes. El incumplimiento, incluye a empresas y personas físicas que deliberadamente deciden no pagar al fisco, lo que equivale un monto entre 35 y 40 por ciento del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y del Impuesto al Valor Agregado (IVA) actual. Según estudios de la propia Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHyCP), hay casi 8 millones de asalariados que son contribuyentes cautivos, y hay otros 6.3 millones de personas físicas que tributan voluntariamente a través de sus declaraciones mensuales. Sólo hay 500,000 empresas en México que pagan impuestos y sólo 10,000 de ellas, que representan el 5 por ciento del total, pagan el 60 por ciento de los impuestos tributados por las empresas, ya que son grandes consorcios.


Por otra parte, nuestro país al abrir  en materia comercial la puerta al sector energético, deberá diversificar sus exportaciones o cobrar más impuestos, porque las finanzas públicas dependen en un 35 por ciento de la venta de petróleo y necesariamente tendrá que compensar vía recortes al gasto, ya que no tiene margen de maniobra suficiente en los ingresos tributario.


El problema es que los gobiernos han probado de sobra que la forma de gastar lo que reciben de sus contribuyentes no es eficaz, ni transparente, ni apegado a los mandatos constitucionales. Y no sólo eso, México es cada vez menos rico y menos equitativo.


Ahora, más allá del deterioro que podría experimentar buena parte de la población al pagar más impuestos que antes no lo generaban, no necesariamente incidirá en reducir la evasión de impuestos, es decir, que los que nunca han pagado empiecen a hacerlo y también que las cargas se equilibren. Lo sustancial de la reforma fiscal de este año, es que implica nuevos esquemas del gobierno para reportarle lo que hacemos como contribuyentes, cómo gastamos y en qué. No obstante, si estas reformas fuesen equitativas, también deberían hipotéticamente abrir la puerta para que los contribuyentes exijamos al gobierno y a los partidos políticos, que nos ofrezcan resultados cuantificables sobre las decisiones del gasto.


REFLEXIÓN


A la gente hay que brindarle oportunidades de desarrollo y no centrar las acciones de gobierno en políticas públicas paternalistas y electoreras dirigidas a grupos vulnerables o en pobreza, para recibir a cambio de su credencial de elector una “ayuda” económica. Lo anterior lo expongo porque no se vale hacer mal uso de los recursos públicos derivado del pago de impuestos. ¿Qué explicación se le ofrece a la sociedad mexicana respecto a la opacidad que queda demostrada en los Portales de Transparencia? Opacidad, retraso en obras, discrecionalidad en el manejo del gasto, subejercicios, adjudicaciones directas a empresas amigas, son sinónimo de corrupción. Por ello, la pregunta que se hacen muchos ciudadanos, ¿para qué pagar impuestos? Entonces, ¿para qué entonces pedir más recursos a costa de los contribuyentes si los resultados no han sido satisfactorios? La respuesta nos remite a otra pregunta todavía más sustancial: ¿qué país queremos tener? O bien: ¿qué país podemos tener?

 


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lunes, 17 de febrero de 2014

¿CÓMO AFECTA LA REFORMA FISCAL A TU ECONOMÍA DIARIA?


Analizando el pano­rama de la hacienda pública mexicana y los cambios recientes a la legislación fiscal, hay que considerar el hecho ineludible que en toda política fiscal debe considerarse la realidad de los contribuyentes y de ahí parte las siguientes reflexiones.

¿Cómo puede una reforma fiscal ser eficaz en sus objetivos de recaudar más para cubrir los gastos? Una respuesta ineludible se basa en la premisa de que no se puede ser eficaz en la recaudación de ingreso tributario cuando sus fuentes de ingreso se encuentran deprimidas. Es decir, cuando los malos datos económicos son una constante en México debido a su desaceleración económica quiéranlo o no, es imposible seguir construyendo un México basado en la miopía conceptual sobre el verdadero estado de los ciudadanos.

¿Cómo afecta la reforma fiscal a tu economía diaria? Es innegable que hay más gente desempleada y empleos mal remunerados. La mayoría de los ciudadanos disponen menos ánimo porque no confían ni en la situación actual ni futura de su economía y la del país. Eso cierra un círculo vicioso cuyo resultado es una falta de crecimiento. No hay, en el panorama económico, algo que nos permita anticipar mejores condiciones y desempeño de la economía nacional; al contrario: se antoja más obtuso el camino.

El camino que México debe seguir debe ba­sarse en su sustentabilidad, la cual se encuentra ligada a una recomposición del gasto público ne­cesario para impulsar y promover las capacidades productivas de las empresas y las familias, de tal manera que permitan generar ingresos y en con­secuencia tener efectos directos sobre el creci­miento económico del país. Aunque queramos o no, el gasto generado por el sector público ya es insostenible y es un gasto improductivo, por lo que el marco teórico de nuestra política fiscal es recaudar más para estar en posibilidades de cubrir los balances públicos, ¿pero los ciudadanos de a pie dónde quedan?

Con la nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) se crea el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), el cual sustituyó al Régimen de Pequeño Contribuyente (Repeco) y al Intermedio, no obstante que pretende establecer un punto de entrada a la formalidad, en el aspecto tributario y se pretende que también lo haga en el de seguridad social. Con la finalidad de coadyuvar a combatir la informalidad, promoviendo un crecimiento más acelerado de la productividad. Es innegable que adicionalmente las múltiples tareas para los contribuyentes se complican y se constituyen en un dolor de cabeza, como por ejemplo, el Aviso de Actualización de Datos vía Portal de Internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT), la facturación electrónica, entre otros. Lo que pone en duda los trámites expeditos por la autoridad hacendaria.

A todos los comerciantes les preocupa y genera dudas el tema de la facturación electrónica. Lo que aumenta el riesgo, que los nuevos requisitos que existen ocasionen que al no tratarse de una mecánica sencilla aumente la informalidad. Además, se ha evidenciado que la plataforma tecnológica que ha implementado el SAT presenta aún muchas fallas y por tanto, dudo que sea sencilla para cualquier contribuyente. En el RIF, revisando las fórmulas para determinar el impuesto a pagar no se advierte un mecanismo sencillo que cualquier contribuyente pueda efectuar por lo que deberá acudir con un contador y ello le generará un costo mayor para cumplir con su obligación tributaria al pagador de impuestos.

El verdadero propósito del RIF es que permitirá a la autoridad hacendaria completar la cadena de comprobación e información fiscal, al contar con registros sobre las operaciones de los participantes con sus proveedores y clientes. Pero mientras tanto y a pesar de los beneficios fiscales, los pequeños comerciantes sufrirán con el cumplimiento del pago de impuestos.

Por otra parte, no podía omitir mi comentario respecto al Impuesto Estatal Vehicular (IEV). Es indiscutible que la fundamentación y motivación de un acto de autoridad resulta requisito sine qua non de su propia existencia. La inobservancia de tales imperativos da lugar a que el acto de autoridad adolezca de encontrarse confeccionado en forma contraria a Derecho. Entonces, no es necesario ser un doctrinario para advertir que el acto administrativo es ilegal, sino se encuentra adecuadamente fundamentado y motivado, luego entonces resulta que el cobro del IEV carece de los razonamientos lógico-jurídicos y menos demuestran que las hipótesis normativa de su fundamento legal se actualicen. De tal forma, se advierte no sólo una cuestión de ilegalidad en su cobro, también la contravención de una norma a la Constitución, la cual establece que no se aplique ningún dispositivo legal en perjuicio de persona alguna.

En consecuencia, se torna incuestionable el derecho de todo ciudadano que se sienta afectado en la esfera de sus garantías jurídicas, solicitar la devolución por el pago indebido de dicho impuesto. Al respecto, para cualquier duda, denuncia o comentario, pongo a plena disposición de los ciudadanos mi correo electrónico.

REFLEXIÓN

Concluyendo, si a la justicia las autoridades le ponen barreras, corresponde a los ciudadanos franquearlas y a los abogados que estamos comprometidos con el Derecho y la justicia social, contribuir a preservar la seguridad jurídica a que legítimamente debe de acceder y aspirar cualquier gobernado.

 


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lunes, 10 de febrero de 2014

Régimen de Incorporación Fiscal

La nueva Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), vigente desde 2014, ya no contempla el régimen de intermedios ni el de los pequeños contribuyentes (Repecos), en los que podían tributar las personas físicas con baja capacidad administrativa. En su lugar se incluyó el denominado Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), el cual tiene algunas similitudes con el régimen de los pequeños contribuyentes vigente hasta 2013.
 
Desde que este régimen fue dado a conocer como parte del paquete económico 2014, ha generado muchas inquietudes y es que el nuevo RIF sería aplicable sólo a personas físicas que realicen actividades empresariales, que enajenen bienes o que presten servicios por los que no se requiera para su realización título profesional, con ingresos anuales de hasta dos millones de pesos.
 
El RIF sería cedular y de aplicación temporal durante un periodo de hasta diez años, sin posibilidad de volver a tributar en el mismo. Por lo que en el décimo primer año los contribuyentes se incorporarán al régimen general, sin posibilidad de volver a tributar en el RIF. Los contribuyentes de este régimen efectuarían pagos definitivos bimestrales y se otorga un descuento en el Impuesto sobre la Renta (ISR) del 100 por ciento del pago, durante el primer año, el cual se irá disminuyendo paulatinamente a lo largo de los siguientes diez años, para pagar la totalidad del ISR a partir del décimo primer año. Por ejemplo, en el caso del ISR durante 2014 no se pagará en su totalidad, en 2015 no se pagará el 90 por ciento, en 2016 el 80 por ciento, y así sucesivamente hasta llegar a un pago completo en 2024.
 
Los contribuyentes que habiten en poblaciones o en zonas rurales, sin servicios de Internet, serán librados de cumplir la obligación de presentar declaración, y realizar el registro de sus operaciones a través de Internet o medios electrónicos, siempre que cumplan los requisitos que las autoridades fiscales señalen mediante reglas de carácter general.
 
Prevé que cuando no se presenten las declaraciones informativas, en dos ocasiones consecutivas o en cinco ocasiones no consecutivas en seis años, el contribuyente dejará de tributar en el RIF. Además, presentarán de manera bimestral las declaraciones de pago correspondientes al Impuesto al Valor Agregado (IVA) e Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), sin estar obligados a presentar las declaraciones informativas relativas a dichos impuestos, pero en cambio tendrán que presentar una informativa de clientes y proveedores del ISR.
 
El RIF sólo será aplicable a las personas físicas que realicen únicamente actividades empresariales, que enajenen bienes o que presten servicios por los que no se requiera para su realización título profesional, y que tengan ingresos anuales hasta por dos millones de pesos. Por tanto, todos los contribuyentes que tributan en REPECOS podrán situarse en el RIF, no así respecto de los que se ubican en el régimen intermedio, ya que éstos tendrán que emigrar al régimen general.
 
Con el referido régimen se pretende que la incorporación a la formalidad atraiga esencialmente a quienes hoy ya realizan una actividad empresarial, enajenan mercancías o prestan servicios y no cumplen sus obligaciones fiscales, creando un punto de entrada a la formalidad por parte de quienes se encuentran en la informalidad.
 
Asimismo, las personas que inician un pequeño negocio o empresa podrán optar por tributar en el RIF, de tal manera que una vez que el contribuyente en el desarrollo de su actividad económica haya alcanzado la madurez y estabilidad, transite al régimen general aplicable a todos los contribuyentes.
 
No obstante, las buenas intenciones con la creación del RIF estableciendo un punto de entrada a la formalidad, en el aspecto tributario y también en el de seguridad social, se advierte un serio problema en la cadena de comprobación e información fiscal, ya que no todos los proveedores de los contribuyentes en el RIF, les van a entregar facturas por lo que les vendan, entonces no podrán deducirlos y tendrán necesariamente pagar más impuestos y sus ganancias serán más pequeñas. 
 
Por otra parte, tengamos presente que la comprobación fiscal prevé nuevas reglas para el 2014 y la factura electrónica será obligatoria para todos los contribuyentes, además se sancionará a quienes deduzcan con base en comprobantes apócrifos.
 
En este tema, sin lugar a dudas la facturación electrónica será el dolor de cabeza para los contribuyentes. Por ejemplo, hay sectores que enfrentan un choque generacional porque existe una brecha tecnológica, como son los adultos mayores. Son los adultos mayores, de los más preocupados por la política fiscal y como consecuencia de la brecha generacional es fundamental que las autoridades hacendarias proporcionen otra clase de tratamiento a ese sector, sobre todo porque se trata de personas que no saben utilizar una computadora.
 
En mi experiencia personal, he detectado que temen al buzón fiscal, a la facturación electrónica y a otra serie de medidas que difícilmente podrán cumplir. Por tanto, es necesario socializar las implicaciones de la Reforma Hacendaria y en particular las obligaciones de los contribuyentes que tributen en el RIF y para ello, pongo un ejemplo de cómo pagarían sus impuestos. Si tomamos como ejemplo un contribuyente que vende paletas y helados con una utilidad bimestral de 17 mil pesos, este año no pagará nada; pero durante el segundo su cuota será de 154.06 pesos, mientras en el tercero ascenderá a 308.2 pesos. Para el cuarto año, dicho contribuyente tendrá que realizar pagos bimestrales de 462.18 pesos, en el quinto 616.24 pesos, en el sexto 670.3 pesos y en el séptimo 924.36 pesos.
 
Para el noveno año el contribuyente efectuará pagos bimestrales de mil 232.48 pesos y en el décimo mil 540.60 pesos. La tasa es calculada con base en los ingresos de los contribuyentes y lo que sí tendrán que pagar es el IVA que lleguen a facturar.
 
REFLEXIÓN 
 
En tales circunstancias, y en definitiva, todo parece indicar que los contribuyentes estarán sujetos a la discrecionalidad de la autoridad fiscal, pues aún muchos aspectos derivados de la Reforma Hacendaria no están regulados todavía. 


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martes, 4 de febrero de 2014

RÉGIMEN DE INCORPORACIÓN FISCAL: ¿QUÉ DICEN, AHORA ES MÁS FÁCIL?

Como es de todos sabido, la Reforma Hacendaria impulsada por el presidente Enrique Peña Nieto y aprobada a finales del año pasado hizo desaparecer el Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos) en el que estaban los propietarios de los pequeños negocios como ferreterías, tiendas de abarrotes, fruterías, estéticas, etcétera, quienes pagaban una cuota fija de acuerdo a un estimado de ingresos. Ahora, esos pequeños empresarios pasaron en automático al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), que los obliga a reportar al Sistema de Administración Tributaria (SAT) todos sus ingresos y egresos, además de facturar electrónicamente.
 
El nuevo RIF, al que migraron quienes tributaban como Repecos, ofrece este 2014 beneficios a los contribuyentes que formen parte de él, como la exención en el pago de Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) en caso de que solo se realicen ventas a público en general, así lo informó la Delegación Tabasco de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).
 
En el RIF habrá estímulos fiscales, pues en el caso del Impuesto Sobre la Renta (ISR), durante 2014 no se pagará en su totalidad, en 2015 no se pagará el 90 por ciento, en 2016 el 80 por ciento, y así sucesivamente hasta llegar a un pago completo en 2024. No obstante, no pagar los impuestos no exenta al contribuyente de tener que declararlos en tiempo y forma, cada bimestre, ya que de no hacerlo pierde su derecho a estar en el RIF y pasa al Régimen General. El RIF es un régimen es de transición y esta condonación se reducirá diez por ciento cada año, hasta que al final de una década paguen la totalidad de esos impuestos.
 
En este sentido, es necesario precisar que el Régimen Intermedio, del cual formaban parte negocios que declaraban hasta cuatro millones de pesos anuales y que tenían que expedir factura, desapareció con la reforma fiscal y aunque la mayor parte de quienes formaban parte de él pasaron al Régimen General, los que generan menos de dos millones anuales podrán aspirar a entrar en el RIF. 
 
Al respecto, hay que señalar que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) transfirió a todos los contribuyentes inscritos en el Régimen Intermedio de manera automática al Régimen General, por lo que todo contribuyente que no esté conforme con el régimen en el que lo puso el SAT y quiera una revisión, tenía hasta el 31 de enero para requerirla. Sin embargo, la autoridad fiscal recientemente publicó nuevas reglas que facilitan la inscripción al RIF, por lo que más contribuyentes podrán beneficiarse de estas medidas que facilitan el registro en este régimen, ampliando el plazo hasta el 31 de marzo para presentar el Aviso de Actualización de Actividades a través de la página de Internet del SAT.
 
Adicionalmente es importante informar a la ciudadanía que adicionalmente a la publicación de estas nuevas reglas, el SAT anunció la extensión del plazo a marzo, para que las personas físicas presenten su declaración de pago provisional o definitivo correspondiente al mes enero de 2014.
 
Esto resulta una buena noticia ya que el nuevo régimen tributario resulta complicado para muchos contribuyentes complicado y existe mucho desconocimiento, incertidumbre y miedo, ya que además de la desinformación sobre las implicaciones de la reforma fiscal, la gente no tiene la educación, ni las herramientas para entrar a este tipo de sistema que implica el uso de la tecnología.
 
Lo primero que tienen que hacer los contribuyentes es asesorarse correctamente, acudir al SAT para tramitar la Firma Electrónica (Fiel) que les permitirá expedir un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), que es el nombre de las facturas electrónicas y si pueden pagar los servicios de un contador, es conveniente consultarlo para familiarizarse con los términos técnicos.
 
Pero no sólo la facturación electrónica, será el dolor de cabeza para estos pequeños contribuyentes, porque además, quienes estén en el RIF adquieren obligaciones patronales, pues tendrán que tener comprobantes de nómina de cada uno de sus empleados, y pagar las cuotas correspondientes al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el resto de las prestaciones laborales.
 
¿Esto qué significa para el contribuyente? Por ejemplo, si el propietario de una carnicería emplea a sus dos hijos, tendrá que tenerlos en la nómina, si es que desea deducir sus salarios de sus gastos, si no lo hace pagará más impuestos, pues estará reportando al SAT ingresos y no gastos. Además, todos los contribuyentes tendrán que contar con correo electrónico, pues ahora existe la figura del Buzón Tributario, al que el SAT le enviará avisos, notificaciones y requerimientos. Por lo que la recomendación es revisarlo cada tres días, pues la autoridad lo dará por recibido cuatro días después de enviarlo.
 
Desafortunadamente, actualmente están cerrando muchos negocios y están realizando el Aviso de Suspensión de Actividades, sin embargo, en caso de las personas morales, materialmente se encuentran imposibilitados para realizar este trámite a través del Portal del SAT con el argumento de que las características fiscales de estos contribuyentes no son las indicadas para este formulario.
 
Asimismo y no obstante, que la Ley del Impuesto sobre la Renta en sus artículos 14, fracción III, último párrafo, 71, noveno párrafo y 77, último párrafo consigna a las personas morales el derecho de presentar Avisos de Suspensión de Actividades, el SAT niega a las personas morales el derecho concedido por el Legislador, realizando una interpretación aislada del artículo 26, fracción IV, inciso a) del Reglamento del Código Fiscal de la Federación.
 
¿Ahora qué va a suceder? Pienso que este será un año de prueba porque si bien es cierto, es importante sensibilizar a los ciudadanos con una nueva cultura contributiva. Según el SAT ahora es más fácil cumplir con nuestras obligaciones fiscales, pero estamos hablando en muchos casos, de adultos mayores, propietarios de negocios en zonas rurales, personas con baja escolaridad que desconocen qué es una Firma Electrónica, cómo usar el Internet o el manejo de cuentas bancarias, porque ahora el contribuyente no va a poder pagar en efectivo más de dos mil pesos y debe pagarlos con cheque, tarjeta de crédito o débito o transferencia. Sin lugar a dudas, estas reformas están impactando duramente a los propietarios que tienen su negocio por sobrevivencia, pero no pueden pagar un contador que los asesore y tampoco saben usar una computadora.
 
Por otra parte, respecto a la “lista negra” el SAT ha realizado una nueva actualización en su Portal de Internet a la lista de contribuyentes incumplidos y que corresponden a quienes tengan créditos firmes, exigibles y cancelados. En esta lista se incluyen los datos -nombre, razón social y RFC- de los contribuyentes con sentencia condenatoria ejecutoria y aquellos no localizados que tienen incumplimiento sistemático en sus obligaciones fiscales.
 
 
 
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ÉTICA, ANTÍDOTO CONTRA LA CORRUPCIÓN


Lo más aborrecible es que se gobierne olvidando el bienestar de la gente, Confucio

Con frecuencia nos preguntamos cuáles son los pilares de un gobierno justo y qué se puede entender por una buena gestión pública. Precisamente, uno de los reclamos de toda sociedad es la atención que ésta debe recibir de su gobierno. Dicha atención se manifiesta a través de la satisfacción de las demandas de la comunidad política así como de una mayor expectativa en el nivel de vida de los ciudadanos. 
 
No obstante, ni los gobiernos ni sus administraciones públicas logran cumplir de forma óptima estas exigencias. Esta situación ha generado que las demandas ciudadanas hayan rebasado la capacidad de respuesta de los gobiernos y que las instituciones públicas sean vistas como lentas, ineficaces e ineficientes, lo que a su vez genera que la ciudadanía pierda la confianza en su gobierno.
 
Cualquier cambio o mejora en la operación de los organismos públicos, apoyada en recursos, técnicas e innovaciones hacia una mayor eficiencia y responsabilidad, tendrá mayor posibilidad de éxito si se acompaña de principios y valores éticos. Al ser las instituciones de carácter público, es indispensable contar con personal íntegro por lo que la ética se torna vital ya que desarrolla un impacto activo en el personal que a su vez se manifiesta en la marcha y desarrollo de las instituciones.
 
Entonces, ¿cómo debería conducirse en su cargo un funcionario público? Una relectura de la teoría política sobre el origen y razón de ser de la política misma conduce al uso de la ética como instrumento de doble función, por un lado, sirve de freno a comportamientos negativos o desviados que son nocivos en el servicio público; y por otro, refuerza los valores y comportamientos positivos contribuyendo así a la calidad moral de las personas y de las instituciones. El fomento de los valores éticos en los servidores públicos permite sensibilizar en responsabilidad y compromiso generando así una mayor excelencia en la calidad y gestión de los intereses colectivos.
 
Pero la corrupción no es un mal exclusivo de los gobiernos. Hoy sabemos que en el sector privado, las empresas transnacionales, son un foco rojo de corrupción y justamente, la globalización económica no se comprende sin dos elementos fundamentales que la acompañan en su expansión: la oligarquía y el neoliberalismo, elementos que propician prácticas corruptas por su espíritu usurero. Asimismo, el sector social, está infectado por la corrupción. Desafortunadamente, la corrupción está en aumento, por una tipología tan básica como la codicia, la avaricia, el anhelo de poder, la vacuidad o vacío existencial que sólo es llenado mediante bienes materiales y la ignorancia, sobre la que Lao Tse escribió: “Tener mucho es estar confundido”. Efectivamente, en la sociedad contemporánea hay mucha confusión y desorientación. 
 
El comportamiento correcto de los gobernantes es una condición sine qua non para que existan mejores prácticas o una eficiente administración, a la vez que un buen gobierno. Por ello, la ética pública implica necesariamente una relación con la política por lo que su campo de acción no se limita únicamente a los funcionarios públicos. 
 
Un buen gobierno, para ser considerado como tal, requiere no sólo funcionarios responsables sino también políticos responsables, puesto que son éstos quienes gozan del máximo margen de autonomía en las decisiones y, de éstas decisiones, depende a su vez la actuación de los funcionarios y la marcha de la administración pública. 
 
Cualquier gobierno estará legitimado si defiende y aplica una verdadera ética pública en virtud de que ésta conlleva responsabilidad, espíritu de servicio, así como atención, equidad y justicia para el ciudadano. 
 
La confianza en los gobiernos y en las instituciones públicas se ve cuestionada, entre otras causas, por los malos resultados en la gestión pública y por los constantes casos de abuso de autoridad, tráfico de influencias, mentira, prevaricación, transfuguismo, desenfreno, uso indebido del patrimonio público o corrupción, en la conducta de políticos y funcionarios. Estas situaciones se repiten con cierta frecuencia, más aún, tienden a incrementarse. La razón es simple, durante mucho tiempo se descuidó la ética en la formación de políticos y funcionarios públicos.
 
La pérdida de la confianza es grave, porque sin ella la sociedad y el gobierno se dividen. El estado se fractura. El valor de la confianza es una condición para la integración de gobernantes y gobernados.
 
La integridad en el ser humano orienta la conducta al tiempo que permite actuar de acuerdo a valores. Es fundamental que los servidores públicos, entendiendo por éstos a aquellas personas que ocupan un cargo público y sirven al Estado -políticos, legisladores, jueces, funcionarios y todos los que prestan sus servicios en las instituciones públicas-, lleven a cabo un comportamiento noble al ocupar un cargo. Cuando este personal posee probidad, ejecuta cada acción con fundamento en la recta razón y acompañándose de una escala de valores.
 
La Ética aplicada a la función pública es de vital importancia porque tiene como eje central la idea de servicio, es decir, las tareas y actividades que realizan los servidores públicos están orientadas a la satisfacción de la pluralidad de intereses de los miembros de la comunidad política. Es además un poderoso mecanismo de control de las arbitrariedades y antivalores practicados en el uso del poder público. Es un factor esencial para la creación y el mantenimiento de la confianza en la administración y sus instituciones, a la vez que instrumento clave para elevar la calidad de la política y la gestión pública gracias a la conducta honesta, eficiente e integra de los servidores públicos. 
 
Por estas consideraciones, el servidor público se debe a su comunidad, su sueldo es pagado por la sociedad y por lo tanto tiene una responsabilidad y un compromiso con ella. Los políticos, junto con su equipo de funcionarios, tienen la responsabilidad de dirigir los asuntos públicos y resolverlos. Para eso se propusieron siendo candidatos. Por eso son gobierno. Para eso sirven los gobiernos. De esta forma, los funcionarios, al trabajar para los políticos y ser los operadores de las instituciones públicas, se convierten en corresponsables en la función de gobierno. El político y el funcionario público no deben olvidar que están para servir a la comunidad y no para servirse de ella.
 
Entonces, ¿cómo podemos generar una cultura ética? ¿Es la educación la solución? Los grandes sabios y filósofos de la Antigüedad nos mostraron el camino. Si uno lee las lecciones de Sócrates a través de los Diálogos de Platón, los Tratados de ética de Aristóteles, los Tratados morales de Séneca y de Plutarco o las Meditaciones de Marco Aurelio, encontrará ejemplos de cómo construir una cultura ética.
 
Para generar una cultura ética en un México hay que poner el tema en el debate público, en los medios de comunicación, para de esta manera comenzar a generar una conciencia colectiva que llegue a los jóvenes, a las escuelas, a las universidades, a los gobernantes y a los gobernados hasta lograr que se incorpore como una política de Estado.
 
REFLEXIÓN
 
No estoy dando recetas para nadie, no es tarea fácil lograr un consenso universal en muchas cuestiones éticas, pero hay que partir del principio de humanidad, con el compromiso con una vida en veracidad, de hablar y actuar desde la verdad. En otras palabras, de obrar con justicia y honradez.
 
La corrupción siempre ha existido, acompaña al hombre a lo largo de su historia. Pero cuando reduce y se hace un uso adecuado de los recursos, las sociedades se desarrollan, no solo en lo material, sino en el sentido humano, cultural, espiritual. De lo que se trata entonces es que la vida es un equilibrio dialéctico entre teoría y práctica.
 
 
 
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