El 10 de junio de 2011 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto de reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que estableció modificaciones a los artículos 1, 3, 11, 15, 18, 29, 33, 89, 97, 102 y 105 y por la cual se otorgan mayores facultades en materia de protección de los derechos humanos a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).
La trascendencia de esta reforma radica en que se reconoce el rango constitucional de los derechos humanos en la Carta Magna y en tratados internacionales, así como la obligación de respetarlos por parte de las autoridades de todos los poderes y niveles. Ahora los derechos humanos en nuestra Constitución van más allá del simple reconocimiento de las garantías individuales, ya que prevé nuevas facultades a la CNDH y a los organismos públicos de derechos humanos en las entidades federativas.
Por esta razón, las autoridades deberán promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad; y el Estado mexicano deberá prevenir, investigar y sancionar las violaciones a los derechos humanos.
En este orden de ideas, se les faculta a los organismos públicos de derechos humanos a realizar las investigaciones sobre hechos que constituyan violaciones graves a los derechos fundamentales, facultad antes reservada a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), y que impide a cualquier dependencia negar información solicitada por la CNDH.
De acuerdo a este ajuste legal, se obliga en el artículo 102 constitucional, a los servidores públicos que rechacen una recomendación de los organismos oficiales de derechos humanos a fundar y motivar debidamente su negativa. Al mismo tiempo se faculta a los congresos locales y federal para citar a los funcionarios a petición de los organismos a efecto de que expliquen su negativa.
Si bien, no basta por sí sola una reforma de carácter constitucional para acabar con las violaciones a los derechos humanos en México, es un buen esfuerzo por el momento tan crítico en que vive el país y las señales existentes que apuntan hacia el establecimiento de un Estado policíaco.
Vale la pena hacer referencia, que la Constitución se convierte en un catálogo mínimo de derechos humanos que puede ser ampliado por los tratados internacionales, así como por cualquier norma que implique una mayor protección para los derechos fundamentales de los mexicanos.
¿Ahora qué sigue? En este sentido, se necesita trabajar en la implementación de la reforma a través de medidas complementarias, a través de la creación de leyes secundarias, la armonización con los tratados internacionales, la aprobación de presupuestos y el diseño de políticas públicas que respondan a la reforma constitucional.
Las modificaciones a la Constitución tienen enormes implicaciones para las leyes e instituciones en el país, porque una vez modificada, se requiere además generar nuevos procesos que progresivamente incluyan en planes, políticas, programas, presupuestos y estrategias gubernamentales, la perspectiva de derechos humanos y por tanto, una política social ligada a los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales.
De tal modo, para cumplir el mandato constitucional derivado de esta reforma, en Tabasco quedó integrada la mesa de trabajo interinstitucional para elaborar la iniciativa de Ley de Derechos Humanos y armonizar el orden jurídico del estado en este ámbito.
En este esfuerzo conjunto, la mesa de trabajo multidisciplinaria quedó integrada por representantes del Poder Ejecutivo: Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo (CJPE); Secretaría de Gobierno (SEGOB); Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) y; Secretaría de Seguridad Pública (SSP). Asimismo por la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) y el Poder Legislativo.
En este orden de ideas, destaca el esfuerzo de la administración que encabeza el gobernador Andrés Granier Melo en la promoción de medidas legislativas y el diseño de políticas públicas, para continuar garantizando el cumplimiento de los derechos humanos en Tabasco. Asimismo, el liderazgo de la Consejería Jurídica al frente de esta encomienda del Poder Ejecutivo y su estrecha vinculación con la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CDEH), cuyos trabajos coordinados han rendido frutos como en la Ley para prevenir, combatir y sancionar la de Trata de Personas y la Ley sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Las cuales fueron producto del consenso y la pluralidad, que integró un arduo trabajo interinstitucional con propuestas de la CEDH y de organizaciones no gubernamentales.
De ahora en adelante las autoridades judiciales y administrativas están obligadas a cambiar el principio de progresividad por el de pro persona, es decir, a interpretar la norma siempre de manera favorable para los ciudadanos. Indudablemente, el reto es generar una nueva cultura en materia de derechos humanos para los servidores públicos, en los tres órdenes de gobierno.
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