domingo, 20 de julio de 2014

2015: EL RETO EN LA INTEGRACIÓN DE LOS ORGANISMOS ELECTORALES EN TABASCO


La confianza es un atributo de la democracia. Sin democracia no hay confianza, sin confianza la democracia se reduce. El nuevo horizonte electoral delineado a partir de elecciones altamente competitivas han convertido a la mayoría de los espacios electorales en escenarios de alta competitividad política y volatilidad electoral, de cambios de partido en el poder, es decir de alternancia política.

Consenso y disenso forman parte esencial de la dinámica de la democracia. Mayoría y minorías forman un todo en el que cada parte necesita a la otra. En consecuencia, nadie puede asumir la propiedad privada de la democracia. Francois Guizot escribió en 1849 los límites y alcances de este sistema de gobierno: “Esta es ahora la palabra última y universal que todos buscan para apropiarse de ella como un talismán […] tal es el poder de la palabra democracia. Ningún gobierno o partido se atreve a vivir sin incorporarla en su propia bandera”[1]. Pero ese talismán tiene sus propias formas de funcionamiento porque sólo alcanza a rendir sus efectos positivos si todos los participantes se encuentran reunidos en torno a él. Por deducción lógica, la democracia no progresa allí donde las contradicciones entre los participantes son muy fuertes; a tal grado que no permitan que las instituciones, las normas jurídicas y el espíritu mismo de la democracia cumplan su cometido.

Recordemos que las leyes siempre serán perfectibles. Las formas de organización de los procesos electorales serán siempre más sofisticadas, aunque podrían ser más sencillas. Pero ninguna norma o previsión jurídica será suficiente si no logramos convencer a millones de ciudadanos que conforman el electorado, de participar en la organización electoral, de que les interese la vida pública y, convencerlos de que la democracia, como conjunto de valores, como ética de comportamiento individual y social, es la única forma que nos garantiza la convivencia pacífica y el verdadero desarrollo.

De la guisa anterior, es importante generar en la sociedad, confianza y certidumbre en su participación. Confianza y certidumbre de la sociedad hacia los partidos políticos, los candidatos y los organismos electorales.

Lo propio de la democracia es estar en constante cambio y renovación con miras a mejorar sus instituciones y marco legal. Las transformaciones democráticas deben estar racionalmente orientadas con el propósito de reflejar mejor, en el marco de la democracia representativa, el sentir de una sociedad plural, dinámica y cada vez más exigente respecto de sus gobernantes, de los partidos políticos y de quienes se postulan y ocupan cargos en los órganos legislativos pero también de las autoridades electorales.

Una de las grandes conquistas de estas luchas democráticas fue la creación de instituciones electorales autónomas tanto a nivel nacional como en las entidades federativas. Eso permitió, por ejemplo, la formación del Instituto Federal Electoral (IFE) en 1990. De aquí siguió la construcción de instituciones electorales en los estados como el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Tabasco (IEPCT).

De la experiencia exitosa del IFE -en sus 23 años de existencia y 8 procesos electorales federales organizados-, nace el Instituto Nacional Electoral (INE) como el organismo encargado de consolidar la democracia mexicana y en este orden de ideas, es importante precisamente el hecho de que ciudadanos comunes y corrientes, participemos involucrados directamente en los organismos electorales. En ese sentido, es muy importante su verdadera ciudadanización, como pivote de una profunda transición democrática en Tabasco, producto del desencanto y rechazo de los ciudadanos a partidos y actores políticos locales.

Hoy se habla con mucha frecuencia y, ciertamente, con soltura de que hay una crisis de los partidos políticos. Sea verdad o no este aserto me parece que en todo caso la solución de esa crisis está en la recuperación del concepto básico de representatividad, o dicho con más precisión de representatividad de los intereses sociales en lugar de que los partidos políticos representan o defiendan intereses situados en el vértice del poder y que se cierren tan sólo a la adjudicación de puestos y posiciones para un puñado de dirigentes e incondicionales que rondan los círculos cercanos a las dirigencias.

La democratización de la sociedad pasa, entonces, necesariamente, por la democratización de los partidos políticos. Que éstos se abran a la participación de sus bases y que esos partidos se acerquen, de nuevo, a la sociedad civil para captar el sentir de la gente común; voltear la mirada al ciudadano y no esperar los favores de los gobernantes y los poderosos. En ese cambio de perspectiva radica la viabilidad y el futuro de los partidos políticos. Engolosinarse menos con el poder y acercarse más a la verdadera razón de ser de su propia institucionalidad, “los individuos de carne y hueso” como decía Antonio Gramsci.

Los órganos electorales no son ajenos a esta dinámica y se han convertido en espacios de cuotas de poder de los partidos políticos. Si bien, hemos logrado mucho al transparentar, incluso los procesos de selección del personal electoral, a través de los concursos de oposición, la tarea no concluye ahí; se requieren autoridades electorales no sólo ciudadanas sino plenamente  legitimadas.

No se exagera si se afirma que, nos guste o no, el problema medular en la integración de los organismos electorales locales, es adicionalmente al manoseo de los partidos políticos, el perfil y el conocimiento de la responsabilidad que implica ser consejero electoral, que redunda en el papel de los servidores públicos que fungen como árbitros en esta  magna  tarea  de responsabilidad  pública y en Tabasco como dicen, hay mucha tela de dónde cortar.

En la entidad hay gente muy preparada, con vocación y altamente reconocida, con la fuerza moral que es lo que se necesita para dar una buena imagen, renovada  y transparente al próximo Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana en el estado, pero sobre todo, para romper con las herencias del pasado.

Como conclusión constructiva debemos cuestionarnos dónde están los huecos en la gran arquitectura jurídica y organizacional que tanto trabajo costó construir a los tabasqueños en materia electoral. En mi opinión, el destino y la consolidación de los órganos electorales, así como el fortalecimiento del sistema de partidos políticos, están estrechamente relacionados con la consolidación democrática; al final de cuentas la democracia siempre vale la pena.

 

 


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[1] Francois Guizot, De la démocratie en France, Leipzig, 1849, p. 2
 

domingo, 6 de julio de 2014

DE SANTA A LA TRATA DE PERSONAS INSTITUCIONALIZADA


La novela Santa escrita en 1903 por Federico Gamboa, es una de las obras de la literatura que más se han adaptado al cine mexicano y ha ejercido una gran influencia en la gran cantidad de melodramas de las mujeres que ejercen el oficio más antiguo del mundo: la prostitución. De esta novela que aborda la historia detrás del mundo del pecado, narrando las causas y efectos fatales de una mujer de la vida galante, relata las ilusiones y desilusiones de la juventud, el amor, la tragedia y el sufrimiento de una cortesana.


La prostitución no es un oficio que pueda escoger todo el mundo y posee elementos dramáticos con múltiples aristas. Si bien, aún pululan por las calles de las ciudades, ejércitos de trabajadores obligados al peligroso oficio más antiguo: el comercio carnal. Actualmente, los tradicionales prostíbulos han evolucionado a clubes de masajistas e incluso, la prostitución ha evolucionado a los medios electrónicos y las redes sociales.


Si realizamos una búsqueda en las redes sociales, podremos percatarnos de cientos  perfiles de escorts o acompañantes VIP -mujeres y hombres-, que aseguran ser “independientes” y que “voluntariamente” han decidido ejercer la prostitución, así como agencias de modelos que brindan servicios de acompañamiento y centros de masaje.


Precisamente, la prostitución en un mundo globalizado ha encontrado en las redes sociales como Facebook, Twitter y Livestream, múltiples ventajas sobre los viejos anuncios clasificados en medios impresos. Por ejemplo, abrir una cuenta en cualquier red social es gratis, así como anunciar su servicio las veces que lo deseen a lo largo del día; su cuenta les da la facultad de agregar links de sus páginas personales, donde normalmente abunda información de sus servicios, fotos explícitas y lo único que se necesita para acceder es un dispositivo móvil.


Si bien, la Secretaría de Gobernación carece de facultades para monitorear, supervisar y mucho menos prohibir esta clase de anuncios en páginas de Internet y redes sociales, que se han convertido en territorio libre de las escorts que pregonan servicios sexuales, es evidente que explotación sexual y trata de blancas se encuentra enquistadas. Por lo que México sigue sin cumplir los estándares mínimos para la eliminación del delito de trata de personas, además, se siguen comprobando casos de complicidad entre autoridades y delincuentes, según detalla el Reporte 2014 de Tráfico de Personas elaborado por el Departamento de Estado de Estados Unidos.


A pesar de los esfuerzos legislativos en nuestro país, se encuentra limitada la compresión del delito de trata de personas por parte de algunos funcionarios mexicanos, lo que socava la lucha contra este fenómeno delincuencial. Como ejemplo, hasta la fecha no hay un número conocido de investigaciones o de procesos iniciados contra bandas o personas vinculadas a este ilícito. Eso ocurre tanto en el ámbito federal y estatal, lo que pone en duda la capacidad del gobierno para identificar con precisión a las víctimas de trata entre las poblaciones vulnerables, como los trabajadores migrantes y de las personas que ejercen la prostitución, además de que no se cuenta con estadísticas completas disponibles sobre el número de víctimas de trata identificadas durante 2013, por citar un ejemplo.


Es importante tomar medidas de seguridad y de prevención respecto a este grave problema ya que la trata de personas genera ganancias anuales a nivel mundial por cerca de 32 mil millones de dólares y México lamentablemente ocupa la tercera posición en este aspecto, luego de Tailandia y Rusia. Conforme a datos de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), por Tabasco atraviesan alrededor de 700 mil migrantes ilegales al año, y de ellos el 25 por ciento son secuestrados para objeto de trata de personas.


La trata de mujeres, niñas, niños, adolescentes y jóvenes es un delito de género, el cual, representa otro segmento de la economía informal que florece a la sombra del crimen organizado. Alrededor de 3 millones de niños y niñas en el mundo son víctimas de explotación sexual, de los cuales cerca de 16 mil son mexicanos. Además, cada año otro millón de niños pasan a engrosar las cifras de este ilícito comercio, según cifras del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia en México (UNICEF). En tanto, el Fondo de Población de las Naciones Unidas calcula que hay 2 millones de niñas de entre cinco y 15 años incorporadas al comercio sexual y 4 millones de mujeres y niñas que cada año son compradas y vendidas para fines de matrimonio, esclavitud o prostitución.


Necesariamente, tenemos que reflexionar que la trata de personas es una de las peores formas de violencia que se ejerce sobre hombres, mujeres, niñas, niños, adolescentes, y que no estamos libres de sufrir las diferentes formas de trata que se vive en el mundo entero, que abarca trabajo forzoso, explotación laboral, venta de órganos de niñas y niños, violencia sexual comercial, pornografía, entre otras modalidades.


Es evidente que la trata es un negocio millonario, donde abrumadoramente las víctimas son mujeres y niñas que son vejadas, maltratadas y excluidas; que tiene relación estrecha no sólo con la explotación laboral sino principalmente con la explotación sexual de mujeres y niñas que son traficadas, vendidas, compradas, cosificadas y donde no tienen ninguna posibilidad real de elección. Situación que arroja, una vez más, y de manera violenta la radiografía de sociedades jerarquizadas en que vivimos, de desvalorización de las mujeres.


Por otra parte y tristemente, la pornografía infantil es el tercer delito que mayores ganancias genera a grupos del crimen organizado, quienes obtienen más de 30 mil millones de dólares al año, apenas por debajo del narcotráfico y el tráfico y la trata de personas.


La trata con fines de explotación sexual es un fenómeno específico de género, no podemos negar que si los hombres no considerasen como un derecho evidente la compra y explotación sexual de mujeres y menores, la prostitución y el tráfico no existirían. En este sistema de dominación masculina donde las personas son convertidas en mercancías, la discriminación, la desigualdad entre hombres y mujeres en el acceso a derechos y oportunidades y estas relaciones jerarquizadas de poder traen consigo violencia contra las mujeres, niñas y niños, adolescentes que, en muchos casos, las sitúa en manos de redes que las trafican, las transportan, las someten, las obligan a prostituirse, explotadas y vejadas violando sus derechos más básicos.


Los tratantes, los traficantes de seres humanos y proxenetas se aprovechan de la subordinación económica y social de mujeres y menores que están en busca de mejores oportunidades de trabajo y de vida. Como dato relevante, de acuerdo con la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), las víctimas de las tratas de personas son engañadas, seducidas y enamoradas por sus enganchadores quienes les ofrecen un mejor nivel de vida, oportunidades laborales. Para someterlas recurren a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o abusan de su situación de vulnerabilidad.


Las formas de reclutamiento de las víctimas van desde la presión de los padres, el arreglo entre padres y traficantes, la seducción del matrimonio como promesa de felicidad frente a un violento presente, hasta el secuestro. Así las cosas, este contexto de violencia, impunidad, corrupción y abandono gubernamental de miles de niños, se significa como tierra fértil para llevar a cabo todas las prácticas criminales que caracterizan la prostitución y la pornografía infantil: violencia, reclutamiento, traslado, control y explotación.


En ciudades de Tabasco, se observa un aumento en el número de jovencitas dedicadas al sexo servicio. A través de Internet se ha tendido una red de prostitución y pornografía, incluso al amparo de servidores públicos. Recordemos los escándalos denunciados de redes de funcionarios pederastas, sin embargo, existen muchos otros más que continúan impunes, revestidos como honorables políticos, empresarios y funcionarios.


El hilo conductor que fortalece el infierno vivido por miles de niñas, niños, adolescentes y mujeres explotados sexualmente en nuestro país, pasa por profundos niveles de violencia intrafamiliar; continúa con el abandono del hogar y la indigencia; la drogadicción, muchas veces como refugio y manera de escapar de la ignominiosa realidad; la puntilla es la prostitución y la pornografía que alimentan los bolsillos de criminales a cambio de la miseria de miles de seres humanos.


REFLEXIÓN

La historia de un menor de edad, un joven o una mujer en las garras de la trata deja en claro la oscuridad en la que se encontraba ese ser humano y la lógica criminal, no es razón para hacernos cómplices  de su explotación sexual; en ese sentido somos los ciudadanos quienes estamos obligados a enfrentar este problema, y la mejor manera de hacerlo es no consumir prostitución ni pornografía. Estoy cierto que cualquier otra forma de combate tendrá menores resultados.


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lunes, 30 de junio de 2014

PODER POLÍTICO, CANDIDATURAS INDEPENDIENTES, INE, IEPCT Y OTROS DEMONIOS


CON  MI  RECONOCIMIENTO A LA MAESTRA Y MADRE JOSEFA MORALES GIL
Si en tiempos en que no pocos distorsionan tanto al Estado constitucional, al Derecho y a las leyes, más fulge en la prolífica obra social de una tabasqueña mexicana por la brillantez y la  generosidad con que nutrió y seguirá nutriendo a más de una generación. 
Los partidos políticos no son entes privados sino entidades de interés público y tienen una importancia fundamental en la estructura constitucional, ya que permiten la reproducción del Estado democrático. En consecuencia, no sólo la sociedad en su conjunto está interesada en su existencia y preservación sino que el Estado está interesado en su encuadre constitucional. De ahí que cuenten con ciertas garantías institucionales, en el sentido de aquellas normas materiales de la Constitución que tienen por objeto el aseguramiento de determinadas instituciones jurídicas y, si bien no constituyen una fuente directa e inmediata de derechos fundamentales, su protección está garantizada constitucionalmente. Entre las garantías institucionales más importantes de los partidos políticos, destaca el régimen de financiamiento público establecido constitucionalmente en su favor.


Las garantías institucionales de los partidos políticos, en particular la base constitucional de su régimen de financiamiento, prevista en la fracción II del párrafo segundo del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y artículo 9 fracción III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco, traen aparejada, como contrapartida normativa, la necesidad de que la autoridad ejerza un efectivo control y vigilancia del origen y uso de todos los recursos con que los partidos políticos cuenten, que, lejos de vulnerar la seguridad jurídica y la certidumbre, contribuye al robustecimiento de los propios partidos políticos, ya que es indispensable que las autoridades competentes conozcan la fuente y aplicación de los recursos de los partidos políticos y cuenten con necesarias facultades para controlarlos y vigilarlos efectivamente para evitar que éstos contraigan compromisos actuales o futuros contrarios al orden jurídico, derivados de aportaciones con un origen dudoso o ilegítimo; es decir, es interés de la sociedad el que exista una máxima transparencia en el manejo de los recursos dentro de los partidos políticos, lo cual redunda en beneficio del propio fortalecimiento del sistema constitucional de partidos políticos en nuestro país.


En México ha privado un sistema electoral en el que los partidos políticos son los únicos que pueden presentar candidatos a puestos de elección popular. Si bien, la Constitución plantea el derecho de todo ciudadano a votar y ser votado, esto implicaba una contradicción entre los artículos de la Carta Magna, porque el derecho a votar y ser votado tiene lugar cuando se cumple con lo dispuesto en la ley secundaria, y precisamente lo que establecían los artículos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales era que los candidatos debían ser registrados por los partidos.


Pero ahora se ha incorporado a la Constitución Política temas como el de las candidaturas independientes y los partidos políticos ya no tienen el monopolio en la postulación de los candidatos y la implementación legal de las candidaturas independientes replantea de manera importante el sistema de partidos en México.
Las candidaturas independientes representan al mismo tiempo también riesgos, que deben valorarse con cuidado en términos de hacer compatible estas figuras con la legislación secundaria que protege sobre todo, el tema de la equidad de la contienda; hay que prever sus consecuencias. Es muy importante que en la reforma a las leyes secundarias sobre candidaturas independientes se impongan candados a ciertas omisiones que puedan generar problemas en su interpretación y contradicciones en el cuerpo normativo existente sobre el funcionamiento de estas candidaturas.
Hay muchas dudas que deberán ser subsanadas en la integración de las leyes reglamentarias, ¿una ley disfuncional y contradictoria a quién beneficiaría? Es tiempo que los legisladores tabasqueños entiendan que  se tomen en consideración las experiencias nacionales y contar con una legislación más eficiente para evitar implicaciones judiciales.
Pienso que ese es el desafío importante que estas figuras plantean a un sistema que quiere la equidad básicamente al regular ingresos, gastos y acceso de los partidos a medios de comunicación y tiene que buscarse la forma de hacer lo mismo con los candidatos independientes. Es imperativo cuidar el financiamiento público de las campañas, así como el acceso a radio y televisión que tendrían ambos candidatos.
De tal forma, es importante realizar una valoración cuidadosa del financiamiento de los gastos de campaña de los candidatos postulados por los partidos políticos y los ciudadanos, a fin no solo de que haya equidad en la contienda, sino además para fortalecer los mecanismos de blindaje respecto al crimen organizado.
No obstante, una reforma política en esta línea no representa la panacea de la democracia, ni resolverá los problemas de este país, ya que plantea diversos aspectos que no tienen que ver con las necesidades inmediatas de los ciudadanos, ni modificará la perspectiva de la sociedad respecto a la actuación de los funcionarios públicos, políticos o electos por el voto popular. Porque en una democracia, la esencia misma del quehacer político reside en el vínculo de confianza entre los ciudadanos y sus instituciones.
Además existen otros temas sensibles, como el nuevo esquema que juega como árbitro electoral el Instituto Nacional Electoral (INE) y en el caso particular de Tabasco, la pulcra integración del Consejo Estatal Electoral del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT).
En tiempos de excesos impunes, es urgente encontrar equilibrios reales en la integración de los organismos públicos locales en materia electoral, frente a la centralización de los procesos electorales y que en su renovación la sociedad civil no esté ausente y se abran los causes correctos para contar con gente confiable, calificada, con experiencia en materia electoral y sin intereses partidistas; no más burocracia que no ofrece resultados.
En Tabasco sigue habiendo desigualdad y pobreza, me he encontrado en las colonias Gaviotas, Asunción Castellanos, Miguel Hidalgo y en otras colonias de la ciudad, en comunidades como los Aztlanes, en donde la gente dice que con dificultad logra hacer una o dos comidas al día, eso es grave, tenemos problemas de deserción escolar, porque no hay la capacidad de pagar ni el uniforme ni los útiles escolares y eso es lamentable. Hasta el momento, a los legisladores o servidores públicos se les ve en esas colonias y comunidades haciendo pronunciamientos de candidatos, cuando aún son representantes populares y con recursos públicos se promueven. ¿Cuántos proyectos han impulsado desde su curul, para más allá de los partidos, poner en el centro a Tabasco y generar acuerdos para presentar oportunamente proyectos de gestión a nivel federal? Porque sabemos que lo que a Tabasco le llegue de recursos en presupuesto federal le ayuda bastante.
Hemos perdido grandes cantidades de dinero, en ocasiones se regresa por subejercicios, porque no se tienen los proyectos o no se tiene el personal capacitado, o no hay los funcionarios que tengan el debido cuidado para aplicar los recursos como está establecido en la ley y en las reglas de operación.
REFLEXIÓN
Con la idea,  al  final,   de  que siempre es  posible  entresacar  más  utilidad de los elementos propositivos,  teniendo  puesta la mira  tanto  en dotar de  mayor voz a los ciudadanos y nuevos circuitos argumentativos más garantistas del  Estado constitucional, precisamente en  un  sistema  que está  en construcción  y con tantos desafíos  como  los  del  nacional.
Es tiempo ahora de nosotros, de los verdaderos ciudadanos porque hemos sido testigos que esa clase política ha carecido de sentido de ubicación y sólo ofrece  gananciales a socios coyunturales, fotos y aplausos, sin importar que las políticas públicas sean preocupantemente erráticas. ¿Algo más candidato?
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lunes, 23 de junio de 2014

SEGUROS DE VIDA, ¿UNA CUESTIÓN DE FE?

El seguro es el más complejo de los contratos en nuestro país, tiene una ley especializada al ser el único contrato que tiene una legislación que lo regula de manera exclusiva: laLey sobre Contrato de Seguros. Dada la amplitud de la legislación en materia de seguros, hay que precisar queexiste una legislación sustantiva —la Ley sobre el Contrato de Seguros — y, por otro, la legislación adjetiva —la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros—.
Para darnos una idea, por una parte del anquilosamiento de esta legislación que regula esta actividad que es considerada de interés público, que requiere ser supervisado y tutelado por una autoridad, lLey sobre Contrato de Segurosdata de mediados de los años treinta del siglo XX.
Como he comentado, econtrato de seguros tiene un régimen complejo que requiere ser supervisado y tutelado por una autoridad. Al respecto, vale la pena recordar que el primer antecedente que hubo en México sobre protección al consumidor en materia de instituciones de segurosfue enel año de 1937. Desde entonces se planteaba que los contratos de seguros deberían ser registrados ante una autoridad que supervisara a las instituciones y tutelara los intereses de los asegurados.
Cuando se compra un seguro se está adquiriendo algo intangible y en una gran mayoría de las veces, la persona no sabe qué compra, ya que al ser un contrato lleno de cláusulas, que generalmente no lee y que si lee es difícil quela gente comprenda, pero asume que alguien lo protegerá en caso de alguna eventualidad y desafortunadamente no es así.
El tema de los seguros posee múltiples aristas, pues de entrada, los asegurados no compran algo tangible, sino expectativas, pues sólo se les entrega la denominada póliza, a cambio de una prima. La prima es la cantidad de dinero que incluye la cobertura a contratar con la aseguradora y puede que nunca se obtenga nada tangible debido a que el hecho por el que una persona se aseguró no suceda. Es decir, lo que está ofreciendo la compañía aseguradora es tranquilidad, seguridad, la certeza de que, en los términos estipulados y conforme a lo que plantea la ley, el reclamo de un asegurado va a tener que ser pagado.
El seguro se puede manifestar en dos ámbitos: el primero, enel de la seguridad social, donde el esquema de solidaridad implica generalmente al Estado, derivado de una prestación laboral. El segundo ámbito es el seguro comercial, donde el principio de solidaridad se cumple a través de una mutualidad organizada por una empresa mercantil.
En ambos, cuando se actualiza un riesgo es porque sucede un hecho o un acto dañoso involuntario para el asegurado; es decir, cuando se concreta el seguro es porque el siniestro se presentó porque alguien se murió, tuvo un accidente o sufrió una enfermedad, hubo una catástrofe, en fin. Siempre vamos a estar sujetos a situaciones que afectan nuestra vida o nuestro patrimonio.
¿Sabías que se tiene hasta cinco años para cobrar un seguro de vida? Esto es principalmente cuando los beneficiariospresumiblemente saben de la existencia de un seguro de vida, pero no cuentan con mayor información para su cobro, porque el asegurado no les informó de ello, pueden acudir a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), para que le ayuden a localizar esa póliza mediante el Sistema de Información sobre Asegurados y Beneficiarios de Seguros de Vida (SIAB-Vida). Sin embargo, en razón de su falta de competencia para acciones correctivas y resolver las reclamaciones de los usuarios de servicios y productos financieros, se revela el velo de su burocratismo.
Si bien es cierto, a partir de la promulgación de la reforma financiera, la Condusef, obtiene mayores facultades de supervisión y sanción para la protección y defensa de los usuarios de servicios financieros, debido a la naturaleza de este organismo, sus circulares y resoluciones dictadas no tienen fuerza vinculante hacia las instituciones financieras, a fin de adoptar mejores prácticas en los servicios que prestan y adicionalmente, el sector de aseguradoras y afianzadoras, carece de control eficaz por el Estado mexicano–a pesar queesta actividad es considerada de interés público y requiere de la supervisión y tutela de una autoridad-, al ser la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), responsable desupervisarlas y regularlas.
De muy buena fuente, sobre un tema que no es menor: la ausencia o falta de pago o incumplimiento en el pago de seguros de vida a burócratas del Gobierno de Tabasco. Por ejemplo, las trabas por funcionarios de la DirecciónGeneral de Servicios Generales de la Secretaría de Administración y la Secretaría de Seguridad Pública(SSP)que impiden el pago de seguros de vida de los burócratas a sus beneficiarios. Esto se suma a la demanda judicial, que en su momento interpusieron profesores de laSecretaría de Educación por el incumplimiento de empresas como Met Life México S.A., Seguros AXXA, Forte y SAR, al negar la prestación del pago de seguros institucionales, derivado de adeudos de la Secretaría de Educación con estas instituciones financieras.
Es lamentable que por burocratismoineptitud y falta de transparencia en Tabasco, los beneficiarios por ley de tales prestaciones, deban tener un largo peregrinar, aparte del viacrucis implícito a causa de dolor por la pérdida de un ser querido, tengan que peregrinar con la ejecución y el cobro de estos seguros institucionales, cuando las instituciones públicas deben ser facilitadoras, pero este ideal dista mucho de lo real.
Echemos un vistazo al mes de marzo pasado y derivado del paro del personal adscrito a la SSP, en las minutas se acordó la entrega de las pólizas de los seguros de vida y resulta raro que no les entreguen su póliza vigente, lo que genera suspicacias e incertidumbre.
Valdría la pena que la Secretaría de la Contraloríaverifique estos procedimientos que impiden por dolo o falta de sustanciación en el cumplimiento del pago de los segurosde vida institucionales de servidores públicos a sus beneficiarios.
ACERTIJO
Entre más alto vuelan la soberbia los invade y domina. Pierden la razón, la visión, la humildad, la humanidad, la certeza y la lealtad.
¿Tienes alguna experiencia u opinión que quisieras compartir? ¿Te quedó alguna duda o inquietud? Deja tus comentarios y para cualquier asesoría legal, duda o información quedo a tus órdenes.

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lunes, 16 de junio de 2014

RETOS Y DISEÑO DE LA TRANSPARENCIA: EL DERECHO A SABER

El derecho de acceso a la información consagra como regla general que toda la información que se encuentre en poder de la autoridad es pública, sin embargo, el texto constitucional reconoce ciertos principios y derechos fundamentales que operan como excepciones a la regla general, dando lugar a que la información pueda reservarse o considerarse confidencial en ciertos supuestos que, siguiendo los lineamientos constitucionales, deben estar previstos en ley. Finalmente, la propia legislación establece excepciones a las excepciones, es decir, supuestos en los cuales los límites a la regla general no operan.

De conformidad con el artículo primero constitucional, nuestro orden jurídico tiene dos fuentes primigenias: los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución y todos aquellos derechos humanos establecidos en tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte. En este sentido, las normas provenientes de ambas fuentes gozan de rango constitucional y, por tanto, son normas supremas del ordenamiento jurídico mexicano. Esto implica que los valores, principios y derechos que ellas materializan deben permear en todo el orden jurídico, obligando a todas las autoridades a su aplicación y, en aquellos casos en que sea procedente, a su interpretación.

El derecho de acceso a la información está regulado en el segundo párrafo del artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Sobre este tema, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha reconocido que es “jurídicamente adecuado” que las leyes de la materia establezcan restricciones al acceso a la información pública, siempre y cuando atiendan a las finalidades previstas constitucionalmente, así como que las clasificaciones correspondientes sean proporcionales y congruentes con los principios constitucionales que intentan proteger. En forma análoga se ha pronunciado el Tribunal Pleno en las tesis P. XLV/2000y P. LX/2000, concluyendo que es lógica su limitación por los intereses nacionales y los derechos de terceros.

En cumplimiento al mandato constitucional y de conformidad con los lineamiento reconocidos por el Máximo Tribunal para tal efecto, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental establece dos criterios bajo los cuales la información podrá clasificarse y, con ello, limitar el acceso de los particulares a la misma: el de “información confidencial” y el de “información reservada”.

El artículo 6º constitucional, en su fracción I, señala que toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo federal, estatal y municipal, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público en los términos que fijen las leyes. Asimismo, la fracción tercera de dicho artículo, complementa el mandato constitucional al señalar que toda persona, sin acreditar interés alguno o justificar su utilización, tendrá acceso gratuito a la información pública, a sus datos personales o a la rectificación de éstos. Para la efectiva tutela de este derecho, la fracción IV precisa que se establecerán mecanismos de acceso a la información y procedimientos de revisión expeditos, los cuales se sustanciarán ante órganos u organismos especializados e imparciales y con autonomía operativa, de gestión y de decisión.

La posición preferencial del derecho de acceso a la información frente a los intereses que pretenden limitarlo, así como su operatividad por regla general frente a las limitaciones que excepcionalmente se establezcan en la ley, ha sido reconocida por la Segunda Sala en la tesis 2a. LXXXVIII/2010. Las fracciones I y II del segundo párrafo del artículo 6° constitucional establecen que el derecho de acceso a la información puede limitarse por: el interés público; y la vida privada y los datos personales. Como se desprende de su lectura, dichas fracciones sólo enuncian los fines constitucionalmente válidos o legítimos para establecer limitaciones al derecho en comento, sin embargo, ambas remiten a la legislación secundaria para el desarrollo de los supuestos específicos en que procedan las excepciones que busquen proteger los bienes constitucionales enunciados como límites al derecho de acceso a la información.

Procede analizar el tema de la transparencia y el acceso a la información pública a la luz de los derechos humanos, pues en fechas recientes parece que el Estado no actúa parapromover, respetar, proteger y garantizar el derecho de los ciudadanos del acceso a la información pública y no así la restricción que parece ser la filosofía de trabajo institucional, donde es determinante el rol desempeñado por los servidores públicos. Por ello, es importante que se redefina el alcance en la cultura de responsabilidad de los servidores públicos en el derecho de los ciudadanos a estar informados permanentemente del quehacer de las instituciones públicas.

En el plano doméstico, la promoción y aplicación correcta de sistemas y esquemas tecnológicos, es fundamental para el pleno ejercicio y operación de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco, que junto al Sistema Informex-Tabasco, deben consolidarse en una puerta de entrada a la información de la administración pública estatal y representar un vínculo de comunicación e interacción entre el gobierno y la ciudadanía.

En el cumplimiento de las obligaciones de transparencia es menester señalar que no es suficiente publicar datos en los portales de Internet. El esquema de transparencia debe operar en dos vías: el derecho a recibir información, pero también la obligación de divulgarla y explicar su contenido.De tal forma, la necesidad de construir gobiernos eficaces que complementen la democracia electoral con un impulso decidido en la transparencia y rendición de cuentas, constituye una premisa fundamental de la reforma del Estado y que en Tabasco debe ser prioridad.

Tabasco no puede darse el lujo de retroceder en cuanto a la cultura de transparencia y rendición entre las autoridades públicas y la sociedad, pues ello aporta mayor calidad al ejercicio cotidiano de la democracia en la entidad. Ungobierno que ve más allá de los mínimos en la entrega de información, incrementa su utilidad social y produce valor agregado a los fines públicos; los gobiernos son facilitadores para que los ciudadanos ejerzan sus derechos y su vez, las instituciones públicas identifiquen y recojan los planteamientos, problemas, necesidades y propuestas de la ciudadanía.

Es necesario revisar la situación que guardan los portales deInternet de la mayoría de los sujetos obligados en Tabasco, pues incumplen con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, y a los encargados de cada una de ellas expliquen de cara a la ciudadanía las causas delpor qué no aparece la información actualizada. Para nadie es un secreto que los sujetos obligados del gobierno estatal y de los municipios incurren en la carencia de InformaciónMínima de Oficio en sus portales de Internet.

El portal de transparencia es la constatación pública delcompromiso del Gobierno de Tabasco para que los ciudadanos conozcan al detalle la gestión de laadministración estatal. más de un año de la actualadministración, las deficiencias en materia de transparencia continúan, por lo que no se puede acceder a mucha de la información pública tanto del Ejecutivo como de las dependencias estatales.

De acuerdo a una revisión al apartado de transparencia, al que se puede ingresar desde la página de Gobierno delEstadohttp://transparencia.tabasco.gob.mx, se puede constatar muchas fallas. Probablemente muchas de estas deficiencias obedecen a problemas informáticos, pero grave sería que las inconsistencias obedezcan a la ausencia decompromiso de auténtica apertura de las instituciones o de la administración a la ciudadanía.

La transparencia aparece reducida a una mera publicidadmientras el ciudadano no puede acceder a mucha de la información pública y en este sentido, destaca el dolo o mala fe en la sustanciación de las solicitudes de información.

La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental es, sin duda alguna, una de las grandes conquistas de la sociedad mexicana en la última década y que replicó su efecto en las entidades federativas.Sin embargo, hoy se está imponiendo barreras al derecho de cada individuo a preguntar y que obliga a los funcionarios públicos a contestar, y a proporcionar información de su actividad sistemáticamente, poniendo en riesgo que los ciudadanos no ejerzan su auténtico derecho a saber.

Debe quedar clarocon copia al gobierno estatal y partidos políticos, que una mayor autonomía de los órganos responsables de la transparencia y de la fiscalización superior, fortalece la actuación de los poderes públicos. De la misma forma que una actuación más independiente de las instancias judiciales fortalece el Estado de Derecho.

Hay una ruta que valdría explorar, para fortalecer los controles sobre los sujetos obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco y es repensar el diseño institucional y procedimental en los mecanismos que el Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública tiene para obligar a la autoridad a organizar su información, agilizar el proceso de acceso a la información pública y a rendir cuentas claras.