lunes, 26 de agosto de 2013

LEY ANTILAVADO, UNA LEGISLACIÓN NO TRIBUTARIA QUE NOS VIENE A FISCALIZAR


México ha adoptado compromisos en el ámbito internacional como miembro del Grupo de Acción Financiera sobre el Blanqueo de Capitales (GAFI, por sus siglas en francés) y en este orden, las autoridades mexicanas, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), han establecido estándares aplicables a las instituciones financieras y no financieras para la prevención y combate al lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.

 



 
Por ello, el 17 de octubre de 2012 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley Federal para la Prevención e identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, que establece nuevas obligaciones para actividades económicas consideradas por la propia ley como vulnerables.

 


Sin embargo, existen muchas dudas sobre esta legislación y es necesario saber no únicamente cuál es el objetivo de la nueva ley, sino además las implicaciones para los sectores económicos de este país. Precisamente no solamente afecta la actividades de las personas morales, pues también las personas físicas sufrirán su impacto.

 


El objeto de esta ley es, proteger el sistema financiero y la economía nacional, estableciendo medidas y procedimientos para prevenir y detectar actos u operaciones que involucren recursos de procedencia ilícita, a través de una coordinación interinstitucional entre la SHCP y la Procuraduría General de la República, para recabar elementos útiles para investigar y perseguir estos delitos relacionados con las estructuras del crimen organizado.

 


Precisamente, el blanqueo de recursos ilícitos sigue una ruta específico en que el dinero sucio ingresa al sistema financiero mediante una diversificación que implica la transferencia bancaria a empresas, transferencias electrónicas a banco offshore, préstamos a empresas y el pago de una persona física o moral. De allí, reingresa como dinero limpio para la compra de bienes de lujo, inversiones financieras e industriales, casinos, casas de cambio y en el sector turístico.

 





Por lo anterior, esta legislación conocida también como “ley contralavado de dinero” prevé tres medidas medulares: 1) restringir operaciones en efectivo que se consideren de alto valor y que constituyen uno de los principales mecanismos de inversión para la delincuencia organizada; 2) la generación de información a través de reportes a las autoridades administrativas y; 3) la creación de facultades de coordinación.

 

Los sujetos obligados en esta legislación de dar aviso de la realización de actividades vulnerables, no son solamente las personas físicas y morales, también las entidades colegiadas y los fedatarios públicos. Por otra parte, en cuanto a las entidades financieras como los bancos o las casas de cambio, la ley les establece obligaciones como la creación de procedimientos y medidas para prevenir y detectar actos, omisiones u operaciones sospechosas de lavado de dinero. Además, tendrán que presentar informes periódicos a la SHCP sobre las actividades vulnerables.

Entonces, ¿qué deberemos hacer ahora para dar cumplimiento con esta ley y evitar sanciones administrativas y cometer delitos de tipo penal?

Por ejemplo, ahora  las personas físicas, comerciantes, entidades colegiadas, financieras y los fedatarios públicos, habrán de identificar a los clientes y usuarios con quienes realicen las propias actividades sujetas a supervisión y verificar su identidad basándose en credenciales o documentación oficial, así como recabar copia de la documentación. Para los casos en que se establezca una relación de negocios, se solicitará al cliente o usuario la información sobre su actividad u ocupación, basándose entre otros, en los avisos de inscripción y actualización de actividades presentados para efectos del Registro Federal de Contribuyentes.



 
Además, deberán solicitar al cliente o usuario que participe en actividades vulnerables información acerca de si tiene conocimiento de la existencia del dueño beneficiario y, en su caso, exhiban documentación oficial que permita identificarlo. No menos importante, existe la obligación medular de custodiar, proteger, resguardar y evitar la destrucción u ocultamiento de la información y documentación que sirva de soporte a la actividad vulnerable, así como la que identifique a sus clientes o usuarios. Esta información y documentación deberá conservarse de manera física o electrónica, por un plazo de cinco años contado a partir de la fecha de la realización de la actividad vulnerable, salvo que las leyes de la materia de las entidades federativas establezcan un plazo diferente.

En este sentido, la SHCP es la autoridad competente para recibir los avisos de quienes realicen las actividades vulnerables. Además de requerir la información, para el ejercicio de sus facultades y proporcionar  a la Coordinación General de Análisis Financiero de la Procuraduría General de la República.

Paradójicamente, si bien no es una ley tributaria, viene a fiscalizar a los contribuyentes y éstos, de no presentar un aviso de la realización de “actividades vulnerables”, podrán ser acreedores a una multa que oscila entre los 200 ($12,952.00) y los 65 mil salarios mínimos ($4’209,400.00), incluso hasta la prisión. Las multas que se determinen en términos de esta ley, tendrán el carácter de créditos fiscales y se fijarán en cantidad líquida.

¿Y cuáles son las actividades vulnerables? Las nuevas actividades consideradas vulnerables a ciertas transacciones en efectivo, según el artículo 17 de la nueva ley son: las vinculadas a la práctica de juegos con apuestas, concursos o sorteos; los servicios de construcción o desarrollo de bienes inmuebles; la comercialización o intermediación de metales preciosos; piedras preciosas, joyas o relojes; la subasta o comercialización habitual o profesional de obras de arte; la comercialización o distribución de vehículos, nuevos o usados, ya sean aéreos, marítimos o terrestres; los servicios de blindaje de vehículos terrestres, nuevos o usados, así como de bienes inmuebles; los servicios de traslado o custodia de dinero o valores; las prestación de servicios profesionales, de manera independiente; los fedatarios (notarios y corredores públicos); la recepción de donativos, por parte de las asociaciones y sociedades sin fines de lucro; la prestación de servicios de comercio exterior como agente o apoderado aduanal y; la constitución de derechos personales de uso o goce de bienes inmuebles.

Así que hay mucha tela de qué cortar, porque si bien, la adopción de esta nueva ley y su respectivo reglamento –publicado el pasado 15 de agosto-, facilitará el desarrollo de mejores prácticas y la bancarización de actividades económicas, con el fin de contribuir y evitar el ingreso de recursos de procedencia ilícita a los sectores económicos, por otro lado implicará una inversión por parte de quienes realicen las actividades vulnerables en cuanto a costos de cumplimiento y de ajustes para evitar sanciones.

REFLEXIÓN

Tome dato porque a la entrada en vigor del reglamento de esta ley, surge la obligación de quienes realicen actividades consideradas vulnerables, dar cuenta y presentar los avisos respectivos en cuanto a su realización a la SHCP. De igual modo, a los 60 días la entrada en vigor del reglamento de esta ley -15 de octubre de 2013-, entraran en vigor las disposiciones relativas a la obligación de presentar reportes, así como la restricción del uso de efectivo. Por ello, Es importante la elaboración de una campaña de sensibilización acerca de los cambios que implicará la nueva ley.

¿EL PERIODISMO AL SERVICIO DE LA VERDAD? Somos testigos que en Tabasco las viejas fórmulas de cooptación de conciencias a favor del poder en turno persisten y no hay cambio alguno. Recordemos a Maquiavelo con su libro El Príncipe que decía “los hechos del duque…. En su nuevo principado prevenirse contra enemigos, ganarse amigos, vencer por la fuerza o por el engaño, hacerse amar… eliminar a quienes pueden o quieren oponerse a ti, renovar las antiguas leyes”.

 

 

 

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lunes, 12 de agosto de 2013

PEMEX Y LA REFORMA FISCAL


México es un país importador de gasolinas y productos petroquímicos, a pesar de poseer la materia prima. Entonces, ¿para mejorar el desempeño de Petróleos Mexicanos (Pemex) es necesario cambiar radicalmente el marco normativo a nivel constitucional y privatizar el sector?

Específicamente, Pemex ha sufrido una deficiente política energética y desmantelamiento, a partir de los gobiernos de Carlos Salinas, Ernesto Zedillo, Vicente Fox y Felipe Calderón. Prueba de ello, la excesiva carga fiscal sobre Pemex la han despojado, tanto de la renta petrolera (ingresos por venta del petróleo, menos los gastos de exploración y extracción) como de todo su excedente de explotación. Lo peor es que, por la concentración oligopólica del mercado mundial, sus proyectos de inversión se tienen que financiar con recursos externos, como Proyectos de Inversión con Impacto Diferido en el Gasto Público (Pidiregas) y Contratos de Servicios Múltiples (CSM).

La utilización de la riqueza petrolera como materia prima de exportación, en lugar de recurso para la industria, se impuso como política hacendaria para gravar los ingresos y entregarlos en forma automática a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHyCP) con el objeto de extraer de Pemex no sólo la renta petrolera sino todo el excedente de explotación. Y del lado del gasto, la incorporación del presupuesto de la paraestatal al Presupuesto General de Egresos de la Federación redujo los gastos de inversión y mantenimiento hasta niveles de verdadero peligro.

En la actual discusión de la reforma petrolera, efectivamente hay que revisar las leyes reglamentarias de los artículos 27 y 28 constitucionales para que esta paraestatal y Comisión Federal de Electricidad (CFE), operen con visión de largo plazo y en un sentido que fortalezca la economía nacional.

¿Entonces en dónde está la ineficiencia de Pemex? Además de la política de desindustrialización instrumentada en los últimos sexenios, ésta se demuestra también porque tiene una burocracia que no produce nada y además, se fomenta la corrupción.

De este análisis, se coliga la necesidad de concretar una reforma fiscal que haga más eficiente la recaudación y el gasto público. El país obligatoriamente transitará en el marco de una reforma fiscal que establecerá un esquema que va a elevar los ingresos tributarios no petroleros, a fin de dar suficiencia del gasto público.

Hay que tomar en cuenta, que la situación salarial y laboral del país ha cambiado constantemente, por desgracia no siempre para bien del trabajador. Es importante analizar los testimonios en las calles y en nuestras propias casas.

No sólo se tratar de cobrar mayores impuestos. Recordemos la historia, cuando en Inglaterra en el año 1215, los impuestos altísimos, las represalias contra los que no pagaban y la administración de justicia considerablemente arbitraria, orillaron al rey Juan sin tierra a negociar y a elaborar la Carta Magna. Es decir, te pago más impuestos pero concédeme y garantízame una serie de libertades. Hoy, esto implica que nuestros impuestos recaudados se utilicen con mayor transparencia y para el bienestar de la población.

Ajustar el déficit recaudatorio, mediante el aumento de los impuestos y la base gravable es un grave error, pues propicia mayor precarización del empleo y una espiral de caídas del Producto Interno Bruto (PIB) y del consumo.

En esta lógica neoliberal es erróneo pensar que los impuestos para los ricos no deben ser elevados si se va a promover el crecimiento.

Sin embargo, es indispensable una reforma tributaria que simplifique la recaudación, reduzca el endeudamiento y asegure la sostenibilidad de la deuda pública.

Por ejemplo, México recauda 9.2 por ciento de su Producto Interno Bruto (PIB) por ingresos fiscales, cuando países de América Latina recaudan el 15 por ciento y países pertenecientes  a la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) recaudan aproximadamente el 25 por ciento de su PIB. En México de cada 10 personas que pueden contribuir o participan dentro de la economía, únicamente 4 contribuyen al gasto público, es decir, 6 de cada 10 personas de las que participan en la economía se encuentran totalmente en la informalidad.

Lo mexicanos no tenemos memoria. La reestructuración planteada en Pemex y la eminente reforma fiscal, va a implicar que los trabajadores al final, tengan menos dinero para consumir y vivir. Acaso, ¿desregular, privatizar, reducir salarios, internacionalizar la producción y basar el crecimiento en las exportaciones han resuelto los problemas de México?

Pemex ha sido la gallina de los huevos de oro, ha sido empleada para financiar los abultados sueldos de los funcionarios públicos de alto nivel, los gastos corrientes del gobierno y de su sindicato, los pagos de intereses de operaciones no rentables y hasta fraudulentas como el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB). Además la división corporativa de Pemex creó una enorme complejidad burocrática que aumentó los costos y contribuyó a que Pemex, como un todo, presente una pérdida contable desde 1998, ¿pero ahora?

Si bien, hay que prestar atención a esquemas de alianzas estratégicas como el de Petrobras, en Brasil no todo es miel sobre hojuelas, pues también hay corrupción y se han presentado denuncias de triangulación de dinero de empresarios, por el cobro de comisiones a la dirección internacional de la empresa, que en su mayor parte han acabado en las arcas del Partido del Movimiento Democrático Brasileño (PMDB).

Reflexión

Pemex, con sus miles de defectos, siempre ha sido una bocanada de oxígeno para el devenir económico del país; una promesa que no se ha cumplido pero que, si logramos atender los rezagos sin abandonar el proyecto de nación, todavía pudiese materializarse.

Como reflexión quiero concluir con esta frase de Martin Luther King: “Nuestra generación no se lamentará tanto de los crímenes de los malvados como del estremecedor silencio de los cobardes”.

 

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lunes, 5 de agosto de 2013

LEY CONTRA EL LAVADO DE DINERO


Sabemos que el lavado o blanqueo de dinero es toda operación comercial o financiera, por la cual una persona o una organización criminal, procesa las ganancias económicas, resultado de actividades ilegales o injustificables, para tratar de darles la apariencia de recursos obtenidos de actividades lícitas.

México, en un esfuerzo de tener leyes más modernas contra el crimen organizado publicó la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita o "Ley contra el lavado de dinero", la cual entró en vigor el pasado 17 de julio de este año.

La ley contra el lavado de dinero es positiva pero al igual que las modificaciones a nivel constitucional, ésta requiere leyes secundarias y una reglamentación para hacerla más operacional. Por ejemplo, ahí tenemos el caso de la Ley de Extinción de Dominio, que entre sus propósitos tiene evitar que entre dinero del narcotráfico y dinero ilícito en la economía. No obstante, no se ha convertido en un medio eficaz  para controlar más las actividades ilegales en México.

Con mucha facilidad, el crimen organizado adquiere todo tipo de propiedades. Además, esta nueva ley, al no tener candados puede convertirse en un eslabón más de corrupción y burocracia.

La “Ley contra el lavado de dinero” obliga a personas físicas o morales que en territorio nacional realicen transacciones en efectivo que superen ciertas cantidades; independientemente de que estén dados de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Por ejemplo, la compra de joyas, recarga de tarjetas de prepago, compraventa de automóviles, bienes inmuebles, etcétera, que son denominadas como “actividades vulnerables”.

Esta legislación es una ley no fiscal que paradójicamente viene a fiscalizar a los contribuyentes y éstos, de no presentar un aviso de la realización de “actividades vulnerables”, podrán ser acreedores a una multa que oscila entre los 10 y los 65 mil salarios mínimos, incluso hasta la prisión.

Ahora, quienes realicen “actividades vulnerables” deberán identificarlas y conservar la información que soporte la misma, así como la relativa a los clientes y usuarios que las realicen; cuando las actividades superen los límites establecidos por la “Ley contra el lavado de dinero” se deberá informar inmediatamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHyCP). Por ello, es muy importante que todas las operaciones que se realizan estén debidamente soportadas con la documentación respectiva, como pudieran ser facturas, órdenes de compra, contratos, etcétera.

Como mencionaba anteriormente, la “ley contra el lavado de dinero” requiere una reglamentación para hacerla más operacional. El hecho de que no se haya publicado el reglamento de operación tiene a los comerciantes en incertidumbre debido a que no saben cómo se va a aplicar la ley y qué efectos pueda tener en los establecimientos de giro comercial. Si bien es cierto, sabemos que hay sectores que se verán más afectados que otros,  pero se carece de un panorama claro de dicha regulación hasta que se publique su operatividad.

Las nuevas actividades consideradas vulnerables a ciertas transacciones en efectivo, según el artículo 17 de la nueva ley, son las vinculadas a la práctica de juegos con apuestas, concursos o sorteos; la emisión o comercialización de tarjetas de servicios o de crédito no bancarias, así como de cheques de viajero; la prestación de operaciones de mutuo, de garantía, de crédito o préstamos realizada por personas distintas a las entidades financieras, así como todas las transacciones que se realicen en efectivo por un monto mayor de los 80 mil pesos, así como, las actividades que de compraventa de inmuebles, de joyería; los distribuidores de automóviles, comerciantes de vehículos aéreos o marítimos; las empresas que den servicio de blindaje, y las que trasladan valores o dinero.

Si bien, el objeto principal de esta ley es proteger el sistema financiero y la economía nacional, estableciendo medidas y procedimientos para prevenir y detectar actos u operaciones que involucren recursos de procedencia ilícita, a través de una coordinación interinstitucional que recabará los elementos necesarios para investigar y perseguir los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilegal, así como los que estén relacionados con éstos, las estructuras financieras de las organizaciones delictivas y evitar que se financien las mismas. Se recomienda a los contribuyentes conservar la información sujetos a las actividades vulnerables ya mencionadas, que conserven la información de sus transacciones por un plazo no menor de cinco años, ya sea de manera física o electrónica.

En este sentido, las disposiciones de obligaciones de aviso entrarán en vigor sesenta días hábiles en cuanto se emita el reglamento de operación, teniendo seis meses como máximo para el intercambio de información y acceso a las bases de información una vez entrada la ley en vigencia. 

Ante esto y como sugerencia a los comerciantes, cabe señalar que si en seis meses celebra operaciones por montos menores pero llegan a los montos definidos se tendrá que comportar o valuar como actividad vulnerable.

A pesar que propiamente no es una legislación fiscal, es responsabilidad social de las autoridades fiscales, informar a los medios de comunicación y a la ciudadanía de los alcances de esta ley, pues uno de sus objetivos es la bancarización o automatización financiera de las actividades económicas o de los flujos de dinero.

Conjuntamente, es muy importante contar con la información y documentación de las operaciones que se realicen que involucren el uso de dinero. De igual modo, tratar de usar medios de pago electrónico a través de bancos en todas las operaciones es una buena medida.

Así que, ahora está prohibido liquidar o pagar, así como aceptar la liquidación o el pago, de actos u operaciones mediante el uso de monedas y billetes, en moneda nacional o divisas, y metales preciosos, en determinadas operaciones, por ejemplo, la compraventa de bienes inmuebles por un valor igual o superior a 519 mil 699 pesos o adquirir vehículos por un valor igual o superior a 207 mil 879 pesos.

 

REFLEXIÓN

Celebramos que la SHyCP emprenda esfuerzos para controlar al crimen organizado, pero se requiere que la medida alcance también al dinero público. Por ejemplo, escándalos recientes dan evidencia que los integrantes de la delincuencia organizada y del sector gubernamental o político, utilizan los mismos canales de blanqueo de dinero.

 

 

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lunes, 29 de julio de 2013

LA REVUELTA DE LA EDUCACIÓN


Hablar del presente y del futuro de la educación en México es también hablar de la universidad pública, porque tiene, entre otros fines, el de contribuir a formar esos cuadros que concurren al fortalecimiento y desarrollo de la nación.

Desde el punto de vista educativo, la universidad tiene como fin, escolarmente hablando, la formación de profesionistas, investigadores y técnicos útiles a la sociedad; pero ¿los formamos efectivamente? ¿Lo ha hecho de una manera proporcionada a las necesidades del país en las cuatro categorías mencionadas? ¿Lo hace en un número adecuado a los recursos materiales y económicos de que está dotada y a los recursos humanos de que disponen tanto por lo que hace a los profesores como a los alumnos que llegan a tener acceso a sus aulas? ¿Sigue procedimientos idóneos para la formación de esas cuatro categorías de profesionales?

Cabe hacer todas esas preguntas si se quiere responder al fondo del problema que está determinando la creciente crisis educativa en el país, con la adecuación del mercado y de nuestras relaciones laborales a las nuevas condiciones sociales del concierto  mundial.

La apertura comercial, la entrada de inversión extranjera con nuevas reglas, la privatización de empresas paraestatales y el adelgazamiento de las finanzas públicas, ha traído consigo no sólo un debate político, además, la imposibilidad de la clase política para llevar adelante estos cambios estructurales y en algunos que se han dado, han sido incluso contraproducentes.

Por ejemplo, hablamos de reforma educativa, laboral o energética, no obstante, éstas no han atacado o atacan las viejas prácticas feudales que sólo sirven intereses e inclinaciones e pequeños sectores y no a realizar una política eficaz que la nación necesita. Por ejemplo, ahí tenemos el mismo sindicalismo que ha dejado como herencia un sistema educativo en crisis, o en su caso, los excesos de sindicatos en Petróleos Mexicanos o en la Comisión Federal de Electricidad.

Regresando al entorno educativo, ¿qué es lo que se debería reformar? En este sentido, estamos a punto de ser rebasados por no poder incorporarnos eficazmente en las nuevas tecnologías          , en los temas de la ciencia y las nuevas tecnologías. En gran medida, la dinámica burocrático-administrativa nos ha hecho perder la ruta, por lo que el modelo educativo requiere nuevas condiciones y asumir una reforma educativa integral.

La escuela no es sustituto de la familia y es algo que muchos mexicanos no comprenden y tal vez allí, radica en medida la grave crisis de valores existente. Aunado a ello, la dimensión de la problemática económica y social de la espiral de la delincuencia, la violencia y el desempleo en México. Lo cual, no ayuda ni aporta en la ruta del progreso del país.

La educación y mejores oportunidades de bienestar para todos, se constituyen en la mejor opción para prevención de la delincuencia y la violencia. Con 52 millones de pobres, México es en uno de los países con mayor desigualdad a nivel mundial, ya que un 46.2 por ciento de los mexicanos están por debajo de la línea de pobreza establecida en la medición oficial por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política del Desarrollo Social (CONEVAL).

La desigualdad tiene un carácter multidimensional, cuya expresión más flagrante es en el ámbito económico, que además se refleja en términos de territorios, etnicidad, género y por consiguiente, en una profunda estratificación del ejercicio de los derechos ciudadanos caracterizado por el rezago y la discriminación social. Ahí tenemos un caso reciente en ‘Manuelito’, el niño tzotzil humillado en Tabasco por un servidor público del Ayuntamiento de Centro.

Obligatoriamente debemos analizar este tipo casos que indudablemente abundan en estados como Campeche, Chiapas, Guerrero, Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco, Veracruz y Yucatán. Entidades federativas que han demandado una atención más justa y equilibrada, ello ante el rezago económico y social que han vivido dichas zonas históricamente, lo cual obliga a la instrumentación de políticas públicas integrales y que permitan generar una mejor calidad de vida a la sociedad del sur-sureste del país.

En el caso de Tabasco, el asunto no es menor, pues con 566, 720 personas en condiciones de pobreza, representa esta cifra el 57.2 por ciento de los habitantes del estado. Para tener una idea más clara de lo que esto significa, la población en situación de pobreza es aquella que tiene un ingreso inferior a la línea de bienestar mínimo y tiene al menos 2.5 en promedio de la clasificación de carencias sociales como pueden ser rezago educativo, acceso a los servicios de salud, a la seguridad social, calidad y espacios de la vivienda, acceso a los servicios básicos en la vivienda y a la alimentación.

La historia de la educación en México, está contrahecha por las vicisitudes del proceso histórico nacional y sometida por la desproporción de todo su funcionamiento.  Los problemas y las urgencias que necesitan solución en el país, pasan por los tópicos fundamentales de las aulas, de las universidades, de forma tal que todo cambio o transformación deberá efectuarse en forma estructural, y no sólo, en la estructura legal sino, necesariamente, en la mentalidad de los hombres que la hacen funcionar.

Sabemos, que en el contexto del desarrollo social y humano, se deben promover políticas públicas específicamente orientadas a elevar la calidad y cobertura de los servicios de educación pública; universalizar el acceso a la educación y la cultura; extender de manera importante los servicios asistenciales y de salud, especialmente a los estudiantes, madres solteras, jefas de familia y adultos mayores, con pleno respeto a los derechos humanos.

REFLEXIÓN

Las escuelas deben integrarse a la realidad nacional, ello implica su inserción a la lógica de los cambios estructurales en el mundo globalizado. México no sólo necesita una reforma educativa, sino una revuelta, una sacudida en todas sus estructuras educativas.

 

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miércoles, 24 de julio de 2013

EL DERECHO FISCAL EN MÉXICO, RETOS Y PERSPECTIVAS


Un argumento muy difundido es que en México es imprescindible un nuevo pacto fiscal basado en la transparencia y rendición de cuentas. Precisamente, el gobierno nacional se construye con las aportaciones de todos sus ciudadanos que sacrifican una parte de sus ingresos al pago de impuestos.

En México se ha conformado en los últimos años, una serie de normas y principios jurídicos que han venido definiendo la estructura del derecho constitucional tribu­tario. Asimismo, esfuerzos alineados en la lucha contra el lavado de dinero y el intercambio de información financiera, lo que ha derribado el mito del denominado secreto bancario.

 

Sin embargo, los temas de corrupción y lavado de capitales se encuentran en la palestra pública. Precisamente, el auge de los mercados financieros globales hace que el lavado de dinero sea más fácil que nunca y su objetivo es disfrazar el origen del dinero obtenido en actividades ilegales para hacerlo aparecer en fuentes directamente legales.

 

Según estimaciones, en México se lavan capitales entre 19 y 30 mil millones de dólares anualmente, de dinero proveniente de Estados Unidos. En ese sentido, la Dirección de Servicios de Investigación y Análisis de la Cámara de Diputados refirió en uno de sus estudios, que en 2012 se blanquearon en el país 10 mil millones de dólares, equivalente al 3.6% del Producto Interno Bruto (PIB).

 

Recientemente, el pasado 17 de junio en nuestro país entró en vigor la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Recursos de Procedencia Ilícita, la cual, prohíbe operaciones en efectivo mayores a 40 mil dólares, lo que obliga a personas físicas y morales a reportar ante las autoridades cualquier operación financiera que rebase este monto, sin importar si es efectivo o no.

 

Vemos que cada día son más los embargos y aseguramientos de las cuentas bancarias de los contribuyentes. El ejercicio de esta facultad se hará más frecuente  y por ello, es necesario construir un protocolo o normatividad interna que dé lineamientos claros para su ejercicio.

 

La Constitución federal regula diversos derechos fundamentales de carácter general o específico referidos a la materia fiscal. De igual modo, las Constituciones políticas de las entidades federativas, en los últimos años, también han creado una serie de garantías distintas a las que contempla la Constitución federal que en forma general pueden ser aplicadas a la materia fiscal y otras que son especiales para esta disciplina jurídica, de manera que podría apuntarse la consolidación de un derecho constitucional tributario de las entidades federativas.

 

En las democracias, los Ombudsman son los observadores públicos de los actos y conductas de las autoridades. Salvaguardan y protegen los derechos humanos de los gobernados, como lo es la Comisión Nacional de Derechos Humanos y ahora la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), que es Ombudsman especializado en problemas y quejas de todos los que pagamos impuestos.

 

Este no es un proyecto nuevo, pues desde el año 2005 aparece en el Código Fiscal la obligación de contar con un defensor del contribuyente. Sin embargo, derivado de una controversia constitucional interpuesto en aquel entonces por la Procuraduría General de la República, sería hasta el 1 de septiembre de 2011 cuando la PRODECON iniciaría funciones.

 

Además, conviene recordar que la reforma constitucional de junio de 2011 fortalece también a la PRODECON como Ombudsman, sin embargo, mucho aún será el camino por recorrer para que la reforma constitucional sea una realidad para los que pagan impuestos en México.

 

Hoy en día las finanzas y lo financiero están de moda y el derecho tributario viene a formar parte de ellas y ha llegado para quedarse, pues serán más recurrentes las prácticas indebidas de las autoridades tributarias y la cero tolerancia ante la evasión fiscal. Por ello, organismos como la PRODECON cobrará mucha fuerza e influencia en temas fiscales y legislativos, ya que existen muchísimas personas que tienen problema con el fisco o son víctimas de abuso.

 

En esta situación quedan descritos aquellos problemas sistémicos que derivan de la estructura misma del sistema tributario y que se traducen en inseguridad jurídica, molestias, afectaciones o vulneración de los derechos de los contribuyentes, ya sea de una generalidad o de un grupo o categoría de los mismos. Por ejemplo, el congelamiento de las cuentas bancarias de un contribuyente sin notificación, es decir, los embargos precautorios del Sistema de Administración Tributaria (SAT) a cuentas de contribuyentes morosos, a pesar de su inconstitucionalidad.

 

Recientemente y por tercer año consecutivo, el SAT está invitando a regularizarse en el Impuesto sobre la Renta (ISR) del ejercicio fiscal 2011 a contribuyentes. Asimismo, a los no inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) que recibieron depósitos bancarios los declaren, mediante el envío de cartas que proponen el pago de este gravamen a través de parcialidades, derivado de la información que las instituciones financieras proporcionan al SAT.

 

 

Reflexión

 

Conviene desde ahora a todos aquellos interesados o que tengan dudas con el pago de sus impuestos, para que acudan a las oficinas de la Delegación de la PRODECON en Tabasco, que se encuentran ubicadas en la calle Vicente Guerrero 304, Colonia Centro o se comuniquen al teléfono (993) 1 31 32 49 o sin costo al 01 800 611 01 90. Además del vecino estado de Chiapas pueden también acercarse, ya que esta representación tiene carácter regional para aquella entidad federativa.

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POLÍTICA FISCAL, CLAVE PARA DINAMIZAR EL CRECIMIENTO


Aunque nadie quiere problemas con el fisco, en nuestro sistema tributario siempre se van poniendo más requisitos que son necesarios cumplir para no tener problemas con la autoridad. Sin embargo, el tema de los impuestos es sensible y muchos buscan la manera de  reducir sus obligaciones a través de la deducción de gastos y otros mediante la elusión de impuestos.

Sabemos que la evasión fiscal ha estrechado la base tributaria del país de manera significativa. Por ello, México presenta tres grandes desafíos urgentes de atender en materia fiscal como son: 1) el crecimiento en pensiones y deudas contingentes es insostenible; 2) los amplios niveles de informalidad en la economía por el alto costo de la formalidad y; 3) el desequilibrio entre la responsabilidad de recaudación y la disposición de recursos para el gasto.

¿Qué representan los retos anteriores? Como consecuencia nuestro país necesita recaudar más y mejor, ya que su estructura tributaria se caracteriza por una baja recaudación, pues sólo en 2010 los ingresos fiscales representaron 18 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB), en contraste con el promedio de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), que fue de 33.8 por ciento.

Se necesita recaudar más y mejor para fortalecer la participación del Estado en el financiamiento nacional mediante el ejercicio del gasto público, y para ello hay que plantearse la pertinencia de modificar el sistema tributario actual. Precisamente, el gobierno ve limitada su capacidad de acción debido a un nivel bajo de recaudación tributaria que le hace imposible invertir en infraestructura y para financiar programas sociales.

El índice de cumplimiento obligatorio en materia tributaria es bastante bajo en México. Asociado a la evasión y elusión fiscal, tenemos una administración tributaria débil con una baja capacidad de recaudación, en particular en los estados y municipios.

Por citar un ejemplo, en el caso de Tabasco es uno de los estados con menor autonomía fiscal. Del total de sus ingresos sólo el tres por ciento proviene de fuentes propias, situación que lo hace dependiente por completo de las transferencias de la Federación. Por ello, resulta importante reformar el sistema de financiamiento de los estados y el federalismo fiscal.

Además, el régimen fiscal es complejo y presenta distorsiones asociadas a los tratamientos especiales, exenciones y deducciones, lo que crea un círculo vicioso que limita el desarrollo nacional y la competitividad.

El tema de reducir el grado de incumplimiento fiscal del sistema tributario va asociado con el de la construcción de un gobierno moderno, ágil y transparente con finanzas públicas sanas, porque también implica generar confianza social mediante mecanismos puntuales de rendición de cuentas y acceso a la información pública. ¿Acaso no siempre nos preguntamos sobre el destino de los impuestos que pagamos?

Además, se encuentra el tema de la socialización en materia tributaria, pues es indispensable promover entre los ciudadanos la cultura de la contribución, que permita disponer de mayores recursos económicos para atender la demanda social. Pero de igual modo, instrumentar políticas modernas de recaudación, simplificadas y eficientes, que incrementen el esfuerzo fiscal y mejoren el servicio a los contribuyentes.

Es preciso el fortalecimiento de las finanzas públicas mediante esquemas de recaudación efectivos y sobre todo, alcanzar un ejercicio eficiente del gasto público que otorgue mejores beneficios a la sociedad y en especial, impulsar políticas transparentes para ejercer de manera racional el gasto público.

Necesariamente, la política tributaria debe coadyuvar a disminuir la desigualdad que sufre el país, pues México necesita cerrar la brecha en la distribución de ingreso e incrementar su clase media. Por ejemplo, las tasas de desigualdad y pobreza en el país, se encuentran entre las más altas de los países miembros de la OCDE.

La reforma hacendaria que están cocinando los partidos políticos tiene entre sus fundamentos aumentar la capacidad recaudatoria, previendo establecer nuevos impuestos e incrementar los ya existentes para lograr una mayor recaudación fiscal. En este sentido, la OCDE ha propuesto aplicar más impuestos en México.

No obstante, en un buen sistema impositivo, una gran proporción de los ingresos tributarios totales proviene de pocos impuestos, con tasas impositivas reducidas y uniformes.

En nuestro país existen diferentes tipos de impuestos, los federales, estatales y locales. Los más importantes en México son: el Impuesto Sobre la Renta  (ISR), el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), considerados así ya que son los que generaran una mayor cantidad de ingreso. Paradójicamente, las personas físicas son las que pagan más ISR. A pesar de que la tasa del impuesto es del 30 por ciento, las empresas tienen mayores deducciones, además de gozar de estímulos y facilidades de pago por parte de la autoridad recaudadora.

Esta situación resulta similar con el IVA, cuya tasa general es del 16 por ciento, pero únicamente las empresas tienen exenciones del mismo, ya que el Sistema de Administración Tributaria (SAT) se los devuelve. Por ejemplo, en el primer trimestre de 2013, Hacienda regresó más de  53 mil millones de pesos por este concepto a grandes contribuyentes.

REFLEXIÓN

Otro de los problemas importantes, es la baja capacidad para generar ingresos tributarios que por décadas han sido compensados con los ingresos petroleros que representan un tercio del total de los ingresos federales. En el caso de PEMEX, la paraestatal aporta al erario casi el doble de lo recaudado por el ISR, cuya mayor proporción proviene de los gravámenes al salario, por lo que inducir su asociación con capitales privados nacionales y extranjeros implicaría, simultáneamente, desgravar a esa empresa y elevar los impuestos.

Por otra parte, el respeto de los derechos humanos y garantías de los contribuyentes corresponde a las autoridades fiscales. No obstante, comúnmente son pasados por alto y vulnerados ampliamente por los servidores públicos fiscales.

Ahora en Tabasco, existe una ventana a favor del ciudadano para que pueda resolver sus dudas e incluso para lograr la protección de sus derechos humanos como contribuyente, como lo es la delegación estatal de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente o PRODECON, según sus siglas.

 

 

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SISTEMA TRIBUTARIO Y DERECHOS HUMANOS; RETOS Y PERSPECTIVAS


No podemos seguir rezagados mientras en otras partes del mundo el progreso y desarrollo son constantes y permanentes. Es necesario en México emprender acciones tangibles para detonar el desarrollo de la economía a partir de agilizar y facilitar nuevas inversiones, y de igual forma, es urgente una reforma fiscal que simplifique el sistema tributario en el país.

Por ejemplo, según datos del Banco Mundial los mexicanos que pagan impuestos tardamos en promedio trescientas treinta y siete horas al año para elaborar todas nuestras declaraciones, mientras que los países que integran a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) sólo invierten ciento setenta y seis horas, poco más de la mitad del que en nuestro país se requiere. Este dato nos genera una referencia importante, pues es necesario promover el cumplimiento voluntario de los contribuyentes e imperiosamente, se requiere construir un sistema fiscal robusto que ayude a mejorar el desempeño tributario del país y reducir todas las disparidades en materia recaudatoria.

Sabemos perfectamente que México debe reducir su dependencia de los ingresos petroleros; mejorar su tasa de crecimiento; mejorar la sostenibilidad fiscal y la eficiencia y eficacia del gasto público; y mejorar la rendición de cuentas del gasto a nivel subnacional.

Por otra parte, tenemos una falsa concepción que la tributación fiscal es ajena a los derechos humanos. El tema de los derechos humanos recientemente incorporado a nuestra Constitución implica para las autoridades fiscales una revisión de la forma en que actúan tradicionalmente. 

El 10 de junio de 2011 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la reforma constitucional en materia de derechos humanos en la que destaca la obligación de que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, promuevan, respeten, protejan  y garanticen los derechos humanos, lo que incluye necesariamente a las fiscales. Igualmente destaca de esta reforma constitucional, el principio pro persona que significa que  las autoridades deberán velar en su actuar por el mayor beneficio a las personas en todo momento.

Antes de la reforma el Poder Judicial asumía la responsabilidad de vigilar que los actos emitidos por la autoridad respetaran estos derechos, función que sigue ejerciendo, sin embargo conforme a esta reforma un funcionario o servidor público está obligado en principio a conocer y respetar los derechos humanos protegidos tanto en nuestra legislación como en los tratados internacionales.

Con estas modificaciones, los jueces locales o federales del Poder Judicial o tribunales administrativos deberán verificar que las leyes se ajusten a la Constitución y a los tratados internacionales en materia de derechos humanos, lo que se denomina control de constitucionalidad y de convencionalidad, respectivamente.

Debemos recordar que entre los derechos humanos se encuentra el principio de legalidad que implica fundar y motivar correctamente los actos de autoridad, así como el oír al contribuyente con todas sus garantías para la determinación de los derechos y obligaciones correspondientes en el orden fiscal que contempla el Pacto de San José.

Además la Declaración Universal de los Derechos Humanos, contempla el derecho al mínimo vital que implica tener una cantidad libre de impuestos para subsistir, lo que puede poner en duda la aplicación de ciertas multas.

PRODECON

En este sentido, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) es un nuevo organismo descentralizado y autónomo del Estado mexicano, cuya función es preservar, defender y promover los derechos de los contribuyentes, garantizando su efectivo acceso a la justicia fiscal.

La PRODECON es el primer Ombudsman fiscal mexicano, cuya tarea principal es la revisión y mejora permanente de las acciones y prácticas de las autoridades fiscales federales. Esta Procuraduría inició funciones el primero de septiembre de 2011 y el pasado 11 de junio fue inaugurada la delegación estatal en Tabasco, cuyo titular es el doctor en Derecho, Lucio Heriberto Sosa Cerda.

La PRODECON es un asesor y defensor de los derechos de los contribuyentes, cuyos servicios son gratuitos. Por lo que la delegación estatal de la PRODECON en Tabasco, tiene una finalidad muy concreta y con objetivo social: prestar asesoramiento tributario gratuito a los ciudadanos, a quienes reciben y atienden en sus instalaciones ubicadas en la calle Vicente Guerrero #304, en el centro de la ciudad de Villahermosa, donde antes se ubicaba las oficinas del Sistema de Administración Tributaria (SAT).

Indudablemente, uno de los objetivos de la PRODECON es constituirse como el órgano que reivindique, defienda, interprete y promueva los derechos fundamentales de los contribuyentes del país, en el marco de una nueva relación entre las autoridades fiscales y los contribuyentes, basada en el acuerdo e interlocución y una relación tributaria equitativa.

REFLEXIÓN

El reto que tienen las autoridades fiscales no es minúsculo, ya que deben poner especial atención a la observancia de los derechos humanos, por lo que la capacitación en esta materia debe ser una de sus prioridades.

 

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